Documentos para SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS :: Sistema Único de Información - SUI
Año   Documento   Restrictor  
2001   Ley 689 de 2001 Congreso de la República de Colombia  

Modifica y adiciona parcialmente la Ley 142 de 1994 por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios. Establece que a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, le corresponde establecer, administrar, mantener y operar un sistema de información que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos sujetos a su control, inspección y vigilancia, para que su presentación al público sea confiable, sistema que será único para cada uno de los servicios públicos, actividades inherentes y actividades complementarias. Al mismo organismo le corresponderá elaborar el Formato Único de Información que sirva de base para alimentar el Sistema Único de Información.
 

 
2004   Circular Conjunta 3 de 2004 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios solicita a los prestadores de servicios públicos remitir a esa Superintendencia el expediente para trámite del recurso de apelación dentro de los 3 días siguientes a la notificación del recurso de reposición e indica lo que debe contener el expediente.
 

 
2005   Directiva 15 de 2005 Procuraduría General de la Nación  

Dicta disposiciones atinentes al ejercicio de control preventivo, en relación con la eficiente prestación de los servicios públicos domiciliarios, y el derecho a gozar un medio ambiente sano. Señala la información que debe acreditarse ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios como máxima autoridad encargada de la vigilancia y control de los servicios públicos domiciliarios.
 

 
2005   Resolución 2395 de 2005 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece el reporte complementario de información financiera de los prestadores de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, acueducto, alcantarillado, aseo, telecomunicaciones, gas natural y gas licuado del petróleo (GLP), a través del Sistema Unico de Información, SUI.
 

 
2008   Circular 44 de 2008 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Precisa que los prestadores de acueducto, alcantarillado y aseo deberán suministrar a las alcaldías el estrato que emplean para facturar o atender a cada uno de sus usuarios, para lo cual se requiere que todos los Prestadores o Empresas de Servicios Públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, urbanas y rurales del municipio o distrito, independientemente del número de usuarios atendidos, entreguen esta información a más tardar el 15 de mayo de 2008, siguiendo los parámetros técnicos del Formato Reporte de Estratificación al SUI de la SSPD.
 

 
2008   Circular 74 de 2008 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Para efectos del ejercicio de las funciones de vigilancia y control de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en lo referente a la aplicación de la normatividad de calidad del agua, es necesario que las personas prestadoras de acueducto i) cuenten con la información correspondiente al control realizado a la calidad del agua suministrada e ii) inicien las acciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1575 de 2007 y sus resoluciones complementarias, para lo cual ha sido diseñado un instructivo de reporte de información de calidad de agua a través del Sistema Único de Información. En tal sentido, los prestadores deben acopiar su información y remitirla a la SSPD en las frecuencias y plazos que se establezcan en la resolución que para el efecto se expida y que permitirá calcular los Indices de Riesgo de Calidad de Agua.
 

 
2008   Circular 194 de 2008 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Señala el 26 diciembre de 2008, como plazo para que el Distrito Capital reporte al Sistema Único de Información - SUI administrado por la Super. Servicios, la información sobre estratificación individualizada de sus inmuebles urbanos, de los centros poblados rurales y de fincas y viviendas dispersas rurales, predio a predio según la base de datos prediales catastrales contenida en el Formato de Estratificación, y para cargar al SUI el estrato individualizado que asignan las empresas o los prestadores para facturar, en la actualidad, los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
 

 
2008   Circular Conjunta 34 de 2008 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece como plazo para que los alcaldes de los municipios y distritos reporten la estratificación municipal o distrital al Sistema Único de Información, SUI, a más tardar el 30 de junio de 2008. Adicionalmente deben cargar el estrato individualizado que asignan las empresas o los prestadores para facturar, en la actualidad, los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
 

 
2008   Circular Conjunta 134 de 2008 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Amplia hasta el 15 de septiembre de 2008, el plazo señalado en la Circular 0034 de 2008 proferida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC, y la Superintendencia de Servicios Públicos SSPD, para diligenciar y cargar el Reporte de la estratificación distrital y municipal a través del Sistema Único de Información, SUI, por parte de los alcaldes de los municipios y distritos. Debido a las particularidades de la información predial correspondiente al Distrito Capital de Bogotá, información respecto de la cual se deben reportar los datos requeridos para los cálculos, en los próximos días se precisará la fecha límite.
 

 
2009   Resolución 2209 de 2009 Comisión de Regulación de Comunicaciones  

Establece que los actuales prestadores de los servicios de TPBCL, TPBCLE, TPBCLD y TMR, que de acuerdo con la regulación deben efectuar reportes de información a través del Sistema Único de Información, SUI, de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, remitirán a la Comisión de Regulación de Comunicaciones, la información requerida conforme el Anexo 1 del presente acto administrativo. Dicha información correspondiente al tercer trimestre del año 2009, la cual deberá efectuarse a más tardar el 1° de diciembre de 2009.
 

 
2009   Resolución 15085 de 2009 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Unifica en un solo acto administrativo la normatividad expedida en el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico para el cargue de la información al SUI.
 

 
2010   Resolución 20835 de 2010 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Fija la tarifa de la contribución especial que deben pagar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, las entidades sometidas a su inspección, control y vigilancia en el año 2010, en el 0,8283% de los gastos de funcionamiento de la entidad contribuyente causados en el año 2009, de acuerdo con los estados financieros puestos a disposición de la Superintendencia a través del Sistema Único de Información - SUI, y teniendo en cuenta el servicio de inspección, control y vigilancia desarrollado por esta Superintendencia en el año 2009.
 

 
2010   Resolución 48765 de 2010 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Se expide la Resolución Compilatoria respecto de las solicitudes de información al Sistema Único de Información - SUI de los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo y se derogan las resoluciones 20094000015085, 20104000001535, 20104000006345 y 20104010018035
 

 
2011   Concepto 174 de 2011 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

El Sistema Único de Información (SUI) es una herramienta técnica de reporte y acopio de información, no solo para la gestión de esta entidad, sino con el fin de garantizar el conocimiento general de la información en beneficio de los usuarios, las demás entidades del sector y establecer información oficial al Estado.
 

 
2011   Resolución 16025 de 2011 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece el procedimiento de solicitud de modificación de información reportada al Sistema Único de Información de los prestadores de servicios públicos.
 

 
2012   Decreto 1629 de 2012 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente los artículos 4 y 5 de la Ley 1176 de 2007 en cuanto al proceso de certificación de los distritos y municipios. Para efectos del procedimiento de certificación se tendrá en cuenta la condición de prestador directo o no de los servicios de acueducto, alcantarillado y/o aseo que ostente el municipio o distrito al 31 de diciembre de la vigencia a certificar, según la clasificación del Registro Único de Prestadores de Servicios - RUPS, registrado en el SUI.
 

 
2012   Resolución 3984 de 2012 Comisión de Regulación de Comunicaciones  

Modifica el literal el artículo 1° de la Resolución CRC 2202 de 2009, en el sentido de delegar en el Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones CRC, previa aprobación del Comité de Comisionados de la Entidad, la atención y decisión de los asuntos previstos por la Ley 1341 de 2009 y la Ley 1369 de 2009 a la Comisión de Regulación de Comunicaciones.
 

 
2013   Decreto 155 de 2013 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Decreto número 313 de 2008, en el entendido que en el artículo 2° de la norma entes mencionada frente a la información para la distribución de los recursos por el criterio de población atendida y balance del esquema solidario de los recursos de la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico del Sistema General de Participaciones se tomará en cuenta la estructura de los usuarios por estrato y la información de subsidios y contribuciones de cada municipio y distrito, incluyendo a las áreas no municipalizadas de los departamentos del Amazonas, Guainía y Vaupés, teniendo en cuenta la distribución de estratos por municipio y distrito, incluyendo a las áreas no municipalizadas de los departamentos antes referidos del Sistema Único de Información (SUI) entre otros. Frente al artículo 5° del Decreto 313 de 2008 queda aduciendo que la información y metodología para el cálculo del criterio de distribución de eficiencia fiscal y administrativa de los recursos de la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico del Sistema General de Participaciones, tendrá en cuenta la información presupuestal/fiscal reportada por los municipios y/o distritos a través del Formato Único Territorial (FUT), y el cumplimiento de indicadores administrativos (Sectorial-Metas), verificables a partir de la información reportada por los municipios y/o distritos a través del Sistema Único de Información (SUI).
 

 
2017   Resolución 800 de 2017 Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico  

Las personas prestadoras del servicio público domiciliario de alcantarillado que cuenten con suscriptores y/o usuarios que se acojan a esta opción de medición de vertimientos, deberán reportar al Sistema Único de Información (SUI) de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la información correspondiente en los medios y con la frecuencia que esta establezca.
 

 
2017   Resolución 62285 de 2017 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios solicitar a los prestadores de servicios públicos domiciliarios sujetos a su inspección, vigilancia y control, el registro de un correo electrónico destinado para recibir las notificaciones o comunicaciones a través de medios electrónicos; registro que podrán realizar a partir del 25 de abril de 2017, ingresando al Sistema Único de Información (SUI), link RUPS - Formulario Correo Electrónico para Notificaciones. Lo anterior sin perjuicio que en cualquier momento de la actuación administrativa el interesado solicite recibirlas por un medio diferente. Asimismo, es una forma para materializar la política de cero papel, impulsada por el Gobierno nacional, cuyo objetivo fundamental es implementar en la función administrativa y pública que toda actuación se realice con celeridad, economía y eficacia, utilizando la menor cantidad de papel posible y demás gastos administrativos involucrados en la notificación de los actos administrativos.
 

 
2017   Resolución 96075 de 2017 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Para efectos de liquidar la contribución especial que debe ser pagada en la vigencia 2017, se tomará la información reportada y certificada por los prestadores de servicios públicos domiciliarios en el SUI, correspondiente al año 2016.
 

 
2017   Resolución 100020 de 2017 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece los lineamientos para la modificación de la información cargada al Sistema Único de Información (SUI) y deroga la Resolución SSPD 20121300035485 del 14 de noviembre de 2012 con el fin de garantizar la calidad de la información incorporada al sistema.
 

 
2017   Resolución 209705 de 2017 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Modifica el plazo de reporte de información tarifaria al Sistema Único de Reporte de Información de Cálculo Tarifario (Suricata), definido en el Anexo 3 de la Resolución SSPD 20171300039945 de 2017 y en consecuencia, establece como plazo máximo de reporte, el día 20 hábil siguiente al del vencimiento del plazo dispuesto en el artículo 39 de la Resolución CRA 783 de 2016, modificado por el artículo segundo de la Resolución CRA 810 de 2017.
 

 
2017   Resolución 237705 de 2017 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Las personas que desarrollan actividades que hagan parte de la cadena de prestación del servicio público de aseo o actividades complementarias al mismo, deben reportar al SUI de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la información que se establece en el presente acto administrativo, de conformidad con los reportes de información, variables, periodicidad y fechas de cargue que se definen en el Anexo 1 que hace parte integral del mismo.
 

 
2018   Resolución 201810 de 2018 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece los parámetros que deben cumplir los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto para el reporte de información al Sistema Único de Información (SUI), de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia del riesgo del agua para consumo humano. Para el reporte de la información en el SUI, se atenderán las instrucciones del Anexo Técnico denominado Formatos y Formularios de Reporte al SUI, que hace parte del presente acto administrativo. El plazo del reporte de información al SUI es a más tardar el 19 de julio de cada anualidad de acuerdo con las instrucciones del Anexo Técnico.
 

 
2019   Resolución 6825 de 2019 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece los plazos para el cargue de información financiera a 31 de diciembre de 2018, para los prestadores de servicios públicos domiciliarios, que se encuentren bajo marcos normativos para grupos 1, 2 y 3, así como Resoluciones número 414 de 2014, 533 de 2015 y 037 de 2017, expedidas por la Contaduría General de la Nación y para las entidades de Gobierno que prestan de forma directa servicios públicos domiciliarios.
 

 
2020   Resolución 202010 de 2020 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece los plazos para el cargue de información financiera a 31 de diciembre de 2019 en el Sistema Único de Información (SUI) por parte de los prestadores de servicios públicos domiciliarios.
 

 
2020   Resolución 202010 de 2020 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Establece los aspectos que se tendrán en consideración para aplazar la publicación en el SUI de las toneladas efectivamente aprovechadas reportadas por los prestadores de la actividad de aprovechamiento cuando la Superservicios evidencie inconsistencias en los reportes de información que puedan afectar los derechos de los usuarios o que constituyen prácticas contrarias a la normativa aplicable a la actividad, incluyendo, pero sin limitarse, cobros no autorizados.
 

 
2021   Resolución 202110 de 2021 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Reglamenta el reporte de información de costos medios por inversiones ambientales adicionales para la protección de cuencas y fuentes de agua al Sistema Único de Información (SUI) que deben efectuar los prestadores del servicio público domiciliario de acueducto a los que les aplica la presente resolución, mediante el Sistema Único de Reporte de Información de Cálculo Tarifario (Suricata).
 

 
2021   Resolución 202110 de 2021 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Modifica los plazos para el reporte de información a través del Sistema Único de Información - SUI con corte a diciembre 31 de 2020.
 

 
2021   Resolución 202110 de 2021 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Amplía el plazo para la presentación del informe de Auditoría Externa de Gestión y Resultados (AEGR) a 31 de diciembre de 2020, para los Auditores Externos de los servicios públicos domiciliarios.
 

 
2021   Resolución 202122 de 2021 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Expide los lineamientos para el cargue de información al Sistema Único de Información (SUI) aplicable a los prestadores del servicio público de energía eléctrica del Sistema Interconectado Nacional (SIN).
 

 
2023   Resolución 202310 de 2023 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Crea un formulario en el Sistema Unico de Información - SUI para que las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y/o aseo que atiendan hasta un máximo de 2.500 suscriptores y prestadores rurales independientemente del número de suscriptores que atiendan, reporten información financiera en un formato más simple que la taxonomía XBRL. Adicionalmente establece los plazos para la presentación de dichos reportes.
 

 

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