Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1999 |
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Decreto 28 de 1999 Nivel Nacional
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Incorpora al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero las disposiciones previstas en la Ley 446 de 1998. Establéese competencias temporales de vigilancia , control en cabeza de las las Superintendencias de Valores, Bancaria y Sociedades, así como crea, hasta el 31 de diciembre de 1999, una contribución sobre transacciones financieras como un tributo a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman, destinado exclusivamente a preservar la estabilidad y la solvencia del sistema, y de esta manera, proteger a los usuarios del mismo en los términos del Decreto 663 de 1993 y de este decreto. |
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2012 |
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Decreto 2669 de 2012 Nivel Nacional
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Reglamenta la actividad de factoring que realizan las sociedades comerciales que no están bajo vigilancia de la Superintendencia Financiera o de Economía Solidaria, definiendo de esa manera los conceptos más importantes, las medidas de protección, las operaciones sobre títulos vencidos, las cláusulas de cesión, las prácticas contables a ejecutar, la procedencia de los recursos para operar, las prohibiciones, la obligación de prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo y la obligación de adoptar un código de buen gobierno empresarial; se someterán a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, quien deberá crear el registro único nacional de factores. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 Nivel Nacional
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Quedará sometidas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, las sociedades mercantiles y las empresas unipersonales que, a 31 de diciembre de 2006 o al cierre de los ejercicios sociales posteriores, tengan pensionados a su cargo, siempre y cuando se encuentren en una de las situaciones señaladas en esta norma. De la misma forma vigilara a las sucursales de sociedades extranjeras y las empresas de factoring (Artículo 2.2.2.1.1.1 al 2.2.2.1.1.6) |
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2017 |
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Circular Externa 100-00 de 2017 Superintendencia de Sociedades
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Recoge los comentarios efectuados a las modificaciones propuestas a los apartes de la circular básica jurídica en lo relacionado con: estados financieros que deben presentarse para la reducción del Capital Social, límites y sanciones por impedir el derecho de inspección, régimen de autorización general y el régimen de autorización previa para la solemnización de las fusiones y escisiones, implementación del sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, en las Sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial SAPAC. |
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2020 |
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Circular Externa 100000 de 2020 Superintendencia de Sociedades
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Modifica el plazo para la Presentación de la Información, es decir el plazo para presentar la información financiera en el informe denominado Acuerdos de Recuperación del trimestre comprendido entre el 1° de enero al 31 de marzo de 2020, la cual deberá ser enviada a más tardar, el día viernes 12 de junio de 2020. |
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2020 |
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Resolución 100004 de 2020 Superintendencia de Sociedades
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Adopta medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales y administrativas, agilizar los procesos y flexibilizar la atención a los usuarios en la Superintendencia de Sociedades. |
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2021 |
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Circular Externa 100000 de 2021 Superintendencia de Sociedades
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Imparte lineamientos para solicitar, confirmar y analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales supervisadas (conjuntamente denominadas en esta circular como Entidades Empresariales); en la forma, detalle y términos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995, los numerales 2 y 3 del artículo 7° del Decreto 1023 del 18 de mayo de 2012, el Decreto 1074 del 26 de mayo de 2015, el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009 y el Decreto 1736 de 2020 modificado parcialmente por el Decreto 1380 de 2021. |
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2021 |
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Circular Externa 100000 de 2021 Superintendencia de Sociedades
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Adopta de manera transitoria las disposiciones contenidas en el Título VIII de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, como consecuencia de la aplicabilidad del artículo 70 de la Ley 2069 de 2020, por la cual le fueron trasladadas funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio a la Superintendencia de Sociedades, entre ellas, la supervisión a las Cámaras de Comercio. |
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2022 |
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Circular Externa 100000 de 2022 Superintendencia de Sociedades
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Reorganiza, actualiza y precisa temas referentes a la supervisión y funcionamiento de las cámaras de comercio. |
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2023 |
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Concepto 220140 de 2023 Superintendencia de Sociedades
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Emitir concepto relacionado a que cuando se realice alguna modificación que tenga que ver con el nombre, la ubicación del propietario o del establecimiento de comercio o la modificación en la actividad y estas estén relacionadas con actividades relacionadas con la prestación de servicios sexuales o la venta y consumo de bebidas alcohólicas, es de obligatorio cumplimiento por parte de las cámaras de comercio solicitar el certificado del uso el suelo expedido por la entidad designada para tal fin |
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Inspección, Vigilancia y Control
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