Documentos para SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES :: Enfermedad Profesional
Año   Documento   Restrictor  
1994   Decreto 1832 de 1994 Nivel Nacional  

Para efectos de los Riesgos Profesionales de que trata el Decreto 1295 de 1994, adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales. Señala que en los casos que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades profesionales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional, será reconocida como enfermedad profesional.
 

 
2004   Sentencia 250 de 2004 Corte Constitucional de Colombia  

Se entiende por enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar y que haya sido determinado como enfermedad profesional por el gobierno nacional.
 

 
2005   Resolución 156 de 2005 Ministerio de la Protección Social  

Adopta los formatos del informe de accidente de trabajo y de enfermedad profesional. Señala el campo de aplicación, la obligación de los empleadores y contratantes de notificar el accidente a la E.P.S. y a la A.R.S. a la que se encuentre afiliado el trabajador, de la ocurrencia del accidente, así como la asesoría permanente y capacitación periódica sobre el diligenciamiento del informe, determina los objetivos del informe, la prohibición a las instituciones prestadoras de servicios de salud de obstaculizar la atención inicial de urgencias o negar la prestación de los demás servicios de salud a los trabajadores que hayan sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, indica la manera de hacer el reporte de información, la presentación, recepción y reserva de la misma, y establece las sanciones legales.
 

 
2009   Decreto 2566 de 2009 Nivel Nacional  

Adopta la Tabla de enfermedades profesionales, para efectos del Sistema General de Riesgos Profesionales. Determina que en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades profesionales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional, será reconocida como enfermedad profesional.
 

 
2014   Decreto 1477 de 2014 Nivel Nacional  

Se expide la Tabla de Enfermedades Laborales, que tendrá doble entrada: agentes de riesgo, para facilitar la prevención de enfermedades en las actividades laborales, y grupos de enfermedades, para determinar el diagnóstico médico en los trabajadores afectados. En los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional, será reconocida como enfermedad laboral. Se establecen las reglas para la determinación de la causalidad, y las prestaciones económicas y asistenciales.
 

 

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