2010 |
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Decreto 101 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Establece que los Alcaldes o Alcaldesas Locales realizarán postulaciones ante el Secretario (a) de Gobierno, mediante el sistema de terna, para los cargos de libre nombramiento y remoción asignados a sus despachos, que actualmente existen en la planta global de la Secretaría Distrital de Gobierno y que así mismo, propondrán su remoción cuando haya motivos para ello. Señala que dicha función será ejercida por los mandatarios locales a partir del primero de julio de 2010. Dispone que las entidades distritales, bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Gobierno a través de la Subsecretaría de Asuntos Locales, determinarán los funcionarios que deberán ser asignados a cada alcaldía local para el cumplimiento de sus competencias y la adecuada ejecución de los recursos de los fondos de desarrollo local, contando para ello con un plazo no superior a 4 meses a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, con cargo al presupuesto y la planta de personal vigente. |
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