Documentos para SERVIDORES PÚBLICOS :: Incentivos
Año   Documento   Restrictor  
1991   Decreto 2750 de 1991 Nivel Nacional  

Reglamenta el régimen de estímulos a la eficiencia, señala los funcionarios que tendrán derecho a gozar del mismo, los requisitos para ello, la selección, el comité de selección, los criterios y requisitos de evaluación, postulación de inscripción, el pago, recursos y disponibilidad presupuestal.
 

 
1996   Decreto 1483 de 1996 Nivel Nacional  

Establece el procedimiento para escoger al mejor empleado de carrera de las entidades públicas, para proveer los empleos de carrera de superior categoría que queden vacantes en forma definitiva, si se acreditan los requisitos para su desempeño, señala los requisitos, la elección en las regionales o seccionales, el comité de selección, criterios para evaluación y selección, designación, divulgación y estímulos.
 

 
1998   Decreto 1567 de 1998 Nivel Nacional  

Se crea el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado, inducción y reinducción, áreas y modalidades de la capacitación, régimen de obligaciones, programas de bienestar e incentivos.
 

 
1998   Decreto 1572 de 1998 Nivel Nacional  

Señala los planes de incentivos pecuniarios y no pecuniarios para reconocer el desempeño laboral de quienes sean seleccionados como los mejores empleados de las entidades y los niveles jerárquicos que la conforman, así como de los equipos de trabajo que logren niveles de excelencia, indica el procedimiento para la selección, plazo, valor del incentivo y procedimiento en las seccionales o regionales.
 

 
1999   Concepto 897 de 1999 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

no es viable extender los beneficios relacionados con incentivos adoptados según Resolución 480 del 9 de julio de 1999 a los empleados que fueron elegidos como los mejores en el período comprendido entre el 1 de marzo de 1997 y el 28 de febrero de 1998.
 

 
2007   Concepto 2415 de 2007 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

Según lo dispuesto en los artículos 29 y 30 del Decreto 1567 de 1998, los planes de incentivos están dirigidos al reconocimiento de los mejores empleados de la entidad tanto de carrera administrativa, como de libre nombramiento y remoción de cada uno de los niveles jerárquicos comprendidos en los niveles profesional, técnico y asistencial. De otra parte, es de la competencia del jefe de cada entidad, adoptar y desarrollar internamente los planes anuales de incentivos institucionales, de acuerdo con la ley y los reglamentos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto 1227 de 2005, y para efectos de participar en los incentivos instituciones, los empleados deben acreditar los siguientes requisitos: a) Acreditar tiempo de servicios continuo en la respectiva entidad no inferior a 1 año. b) No haber sido sancionados disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación o durante el proceso de selección y c) Acreditar un nivel de excelencia en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior a la fecha de postulación.
 

 
2007   Concepto 2473 de 2007 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 29 y 30 del Decreto 1567 de 1998, le asiste el derecho a todos los empleados de carrera, como de libre nombramiento y remoción de los niveles profesional, técnico y asistencial, al reconocimiento de los incentivos pecuniarios y no pecuniarios que la entidad haya adoptado dentro del plan anual de incentivos institucionales, es decir, que la administración no puede excluir de dicho plan, a ningún empleado de carrera que se encuentre dentro de los niveles señalados y que una vez realizada la calificación definitiva se encuentre dentro del nivel de excelencia. Solo podría declarase desierto el incentivo, cuando dentro de la entidad, ninguno de los empleados de carrera de cualquiera de los niveles jerárquicos descritos, haya obtenido una calificación definitiva en el nivel de excelencia. Para otorgar los incentivos, el nivel de excelencia de los empleados se establece con base en la calificación definitiva resultante de la evaluación del desempeño laboral, es decir, que se reconoce con base en desempeño individual del funcionario. En el evento de que el funcionario acredite una calificación en nivel de excelencia en la evaluación del desempeño, siendo el único del nivel técnico, e independientemente de que no se puedan aplicar los parámetros de comparación, la entidad deberá tenerlo en cuenta para la selección del mejor empleado del nivel y de la entidad, acorde con el plan de incentivos institucionales que haya adoptado.
 

 
2007   Concepto 2606 de 2007 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 de la Ley 909 de 2004 y 50 del Decreto 1227 de 2005, serán objeto de la evaluación del desempeño laboral los empleados de carrera, quienes a su vez, podrán participar dentro de los planes anuales de incentivos institucionales que haya adoptado la entidad, siempre y cuando obtengan una calificación dentro del nivel de excelencia. Con los programas de incentivos institucionales, se busca reconocer el desempeño individual del mejor empleado de la entidad y de cada uno de los niveles jerárquicos de carrera administrativa que la conforman, así como de los equipos de trabajo que alcanzan un nivel de excelencia; dichos reconocimientos se materializan en planes de incentivos pecuniarios y planes de incentivos no pecuniarios. En tratándose de empleados públicos vinculados a la administración pública como provisionales y dada la transitoriedad de su relación laboral con la administración, al quedar excluidos para ser evaluados en su desempeño laboral, no pueden ser beneficiarios de los planes de incentivos institucionales; sin embargo, cuando se trate de la organización de programas de estímulos, implementados a través de políticas de bienestar social que contribuyan a crear condiciones y proyectos de calidad de vida laboral, dichos programas se aplicarán a todos los empleados de la entidad y sus familias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 27 del Decreto 1567 de 1998. Si bien es cierto el artículo 73 del Decreto 1227 de 2005, incluye dentro de los programas de bienestar social, la financiación de educación formal o no formal, se excluyen de dicho beneficio, los empleados vinculados con nombramiento provisional, quienes sólo podrán recibir inducción y entrenamiento en su puesto de trabajo.
 

 
2009   Concepto 47442 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda  

Concepto jurídico sobre la viabilidad de reconocer y autorizar auxilio educativo a servidores públicos de libre nombramiento y remoción y de carrera administrativa. ¿Tampoco se puede por medio de convenios suscritos entre los trabajadores y la administración, reconocer auxilios educativos, ya que no es viable que los referidos acuerdos produzcan válidamente efectos jurídicos con relación a los servidores públicos que tienen una relación legal y reglamentaria con la administración, de lo cual se infiere que es improcedente que se reconozcan y paguen factores salariales y las prestaciones sociales allí creadas¿.
 

 
2011   Resolución 298 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección de Gestión Corporativa  

Adopta en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para la vigencia 2011. Los incentivos pecuniarios y no pecuniarios se orientarán a reconocer el desempeño laboral de quienes sean seleccionados como los mejores empleados de la entidad y de los niveles jerárquicos que la conforman, así como de los equipos de trabajo que logren niveles de excelencia.
 

 
2014   Resolución 9807 de 2014 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General  

Adopta el Plan Institucional de Incentivos pecuniarios y no pecuniarios de la vigencia 2014 y se establecen los criterios para el reconocimiento de los mismos, define sus componentes, clases de incentivos, criterios de selección, se convoca a la postulación de mejores equipos de trabajo y fija las reglas que lo regulan, reconocimiento del incentivo de educación formal y fija la fecha de ceremonia para la entrega de los reconocimientos.
 

 
2015   Directiva 1 de 2015 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, con el propósito de concretar los compromisos adquiridos en el marco del Acuerdo Laboral firmado en el año 2013, entre la Administración Distrital y el movimiento sindical considera pertinente a través de esta Directiva señalar la normatividad que regula el tema relacionado con el "Bienestar, estímulos e incentivos", con el fin de que sea tenida en cuenta por cada una de las Entidades de los niveles central, descentralizado y entes de control en el momento de trabajar sus planes y programas sobre el tema.
 

 
2015   Resolución 51 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección de Gestión Corporativa  

Adopta en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para la vigencia 2015. Dichos incentivos se orientarán a reconocer el desempeño laboral de quienes sean seleccionados como los mejores empleados de la entidad y de los niveles jerárquicos que la conforman, así como de los equipos de trabajo que logren niveles de excelencia. Tendrán derecho a beneficiarse de los incentivos previstos en esta Resolución, los empleados de libre nombramiento y remoción y de carrera, según lo dispuesto en la normatividad vigente.
 

 
2015   Resolución 21673 de 2015 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU  

Adopta el sistema de estímulos en el Instituto de Desarrollo Urbano, el cual esta integrado por el Plan de Bienestar Social y el Plan de Incentivos, indica el objetivo,contenido, requisitos, obligaciones, beneficiarios de los planes y señala otras reglas para su aplicación.
 

 
2015   Resolución 21678 de 2015 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU  

Adopta el Plan Institucional de Incentivos pecuniarios y no pecuniarios de la vigencia 2015 y se establecen los criterios para el reconocimiento de los mismos, define sus componentes, clases de incentivos, criterios de selección, se convoca a la postulación de mejores equipos de trabajo y fija las reglas que lo regulan, reconocimiento del incentivo de educación formal y fija la fecha de ceremonia para la entrega de los reconocimientos.
 

 
2020   Resolución 1459 de 2020 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Adopta el Plan Anual de Estímulos e Incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los servidores públicos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito.
 

 

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