Documentos para ANIMO DE AVECINDAMIENTO :: Certificación
Año   Documento   Restrictor  
2001   Concepto 6872 de 2001 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se considera que el ciudadano que pretenda hacer una manifestación de ánimo de avecindamiento en Bogotá D. C., lo debe hacer ante el Alcalde Mayor quien remitirá esta manifestación a la Notaría en donde se encuentre radicado el registro civil de nacimiento del ciudadano con el objeto de que se haga la anotación respectiva.
 

 
2001   Decreto 273 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Recepción y certificación, art. 1.
 

 
2001   Decreto 854 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Corresponderá a los Alcaldes Locales de Bogotá D.C. la facultad consagrada en el artículo 82 del Código Civil Colombiano, de recibir y certificar sobre las manifestaciones de ánimo de avecindamiento que realicen los ciudadanos, art. 49
 

 

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