Documentos para SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD :: Asignación de Funciones
Año   Documento   Restrictor  
1998   Concepto 520 de 1998 Secretaría Distrital de Salud  

Compete a la Secretaría Distrital de Salud, ejercer y desarrollar las funciones que les han sido asignadas y que no puede delegarse en si mismo, lo que le es propio e inherente, pues las Direcciones Locales de Salud son dependencias del Nivel Central. Las funciones que venían siendo cumplidas por los Sistemas Locales de Salud, deben ser asumidas integralmente por las Direcciones Locales de Salud, las cuales, podrán incluirse en acto administrativo cuya finalidad sea fijar lineamientos y no de crear o modificar las normas existentes.
 

 
2003   Decreto 442 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna a la Secretaría Distrital de Salud las funciones Previstas en los Acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en especial las relacionadas con el Acuerdo 244 de 2003 que define la forma y las condiciones de operación del Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
 

 
2004   Decreto 101 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna funciones a la Secretaría de Salud para dar posesión y ratificar a los miembros de los tribunales de ética profesional en salud y en relación con las ESES le asigna las funciones de posesionar a sus gerentes, proveer por encargo las vacantes, efectuar la liquidación de cesantías y ordenar su trámite, conferir permisos remunerados y expedir actos relacionados con vacaciones, licencias y comisiones al interior del país y comisiones de servicio al exterior.
 

 
2005   Decreto 5 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asignar al Secretario Distrital de Salud la función de dar posesión a los miembros no gubernamentales que forman parte del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud, cuyo nombramiento corresponde ser efectuado por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
 

 
2009   Decreto 46 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el Acuerdo Distrital 357 de 2009, que autorizó al Gobierno Distrital para la constitución de una Entidad Promotora de Salud del Distrito Capital, asignando al Secretario Distrital de Salud la competencia para adelantar las gestiones necesarias para su cumplimiento.
 

 
2009   Decreto 480 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna funciones relacionadas con la prevención y mitigación de situaciones específicas y concretas que puedan generar riesgo público en Bogotá D. C., a las Secretarías Distritales de Salud, Educación e Integración Social de garantizar a las familias evacuadas, en el lugar en el que sean reasentadas y por el término de duración de las medidas adoptadas en virtud de lo establecido en el presente Decreto, el acceso mínimo y digno a los servicios sociales que se vean directamente afectados con ocasión del evento, con énfasis en seguridad alimentaría, cuando ello sea determinado de conformidad con el análisis y lineamientos que al respecto adopte el Comité de Seguimiento conformado para el efecto, con la finalidad de propender por las labores de estabilización social de las familias evacuadas.
 

 
2011   Acuerdo 485 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece medidas educativas encaminadas a la erradicación del castigo físico, humillante y denigrante en contra de los niños, niñas y adolescentes de Bogotá, por lo tanto las Secretarías de Integración Social, de Educación y de Salud, anualmente, implementarán campañas educativas para promover el conocimiento y la utilización de medidas de educación y disciplina no violentas.
 

 
2011   Decreto 193 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara la situación de emergencia distrital, la cual tendrá una duración de dos (2) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, término durante el cual se aplicarán las disposiciones del régimen propio de las situaciones de emergencia de que trata el artículo 6º del Decreto 332 de 2004. De otra parte señala, que la Secretaría Distrital de Salud coordinará y adelantará las acciones para mitigar los efectos ocasionados por la presente declaratoria, con las autoridades respectivas, para minimizar el impacto sanitario. Asimismo, presentará al FOPAE, como Secretaría Técnica del Comité Distrital para la Prevención y Atención de Emergencias y coordinadora del Sistema Distrital, informes mensuales de avance sobre las acciones en el marco de la presente emergencia. Igualmente, presentará dentro de los 8 días siguientes a la terminación de la vigencia del presente Decreto un informe final de las acciones implementadas.
 

 
2011   Decreto 649 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el Acuerdo No. 368 de 2009 que dicta disposiciones en materia de prevención de la ludopatía. Las Secretarías Distritales de Gobierno y de Salud, en coordinación con las demás entidades competentes, deberán promover y llevar a cabo ¿Campañas de Información y Concientización y Programas de promoción en Salud Mental sobre la Ludopatía¿ para toda la población, las cuales se realizarán dos (2) veces al año, una (1) cada semestre, sobre los riesgos que el juego conlleva para la salud, sobre la adicción y la ludopatía, así como sus efectos. La vigilancia, control y seguimiento del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente decreto, corresponderá a las autoridades de policía
 

 
2011   Decreto 654 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital. El Sistema de Información de Personas Jurídicas ¿SIPEJ-, es una herramienta unificada para el registro, inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro -ESAL- registradas en Bogotá. Garantiza la unificación y centralización de la información de las citadas personas jurídicas, componente fundamental para el análisis, definición de estrategias de coordinación y articulación entre actores que manejan recursos públicos y privados. Corresponde a las Secretarías de Educación, Cultura, Recreación y Deporte, Salud, Ambiente, Hábitat e Integración Social, integrarse al Sistema de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ- antes del 31 de diciembre de 2011, en desarrollo de los compromisos de gobierno, disponer los medios necesarios y realizar y ejecutar las acciones requeridas a fin de lograr el manejo integral y unificado de la información de las entidades sin ánimo de lucro, a efectos de lograr el objeto misional del sistema para el Distrito Capital.
 

 
2011   Decreto 675 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta y reglamenta la Política Pública Distrital de Educación Ambiental, como estrategia de la gestión ambiental del Distrito Capital, cuyo objetivo general es consolidar una ética ambiental en el Distrito Capital, que coadyuve a la mejora de las condiciones ambientales de la ciudad. Elaborada participativamente con el concurso de entidades distritales, organizaciones sociales y sector privado, en un proceso liderado por la Secretaria Distrital de Educación -SED y la Secretaría Distrital de Ambiente -SDA. También créa la Comisión Intersectorial de Educación Ambiental ¿CIDEA del Distrito Capital, que estará integrada por el Secretario/a Distrital de Ambiente, quien la presidirá, y los Secretarios Distritales de Educación, Salud y Gobierno, El/la Rector/a de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, El Director del Jardín Botánico José Celestino Mutis, El/la Director/a del Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico IDEP, El/la Director/a de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y El /la Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
 

 
2012   Acuerdo 498 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece estrategias integrales de promoción de alimentación saludable y de actividad física que mejoren la calidad de vida y salud de la población expuesta a/o con problemas de sobrepeso y obesidad del Distrito Capital. Radica en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, en coordinación con las Secretarías de Educación, Integración Social, Cultura, Recreación y Deporte, Gobierno, Desarrollo Económico y las Empresas Sociales del Distrito ¿ESES-, la coordinación de la implementación y desarrollo de lineamientos intersectoriales de programas y estrategias integradas estipulados en el presente Acuerdo. Así mismo dispone la creación del Observatorio de Seguridad y Salud Alimentaria y Nutricional del Distrito Capital, en el que se implementará un Sistema Integrado de Información.
 

 
2013   Acuerdo 537 de 2013 Concejo de Bogotá, D.C.  

Ordena el diseño e implementación de una estrategia sobre la promoción de la detección temprana, seguimiento, rehabilitación y vigilancia a las personas afectadas por enfermedades huérfanas en el Distrito Capital, bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Salud, y articulación intersectorial en materia de prevención, control, tratamiento, asistencia, educación, información, financiación e investigación científica, de esta problemática contemplada en la Ley 1392 de 2010. Dicha Secretaría en el marco de sus competencias creará la Mesa Técnica Distrital de las enfermedades en comento para velar por el cumplimiento de la estrategia que se ordena implementar mediante este Acuerdo.
 

 
2014   Acuerdo 578 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.  

La Administración Distrital promoverá y organizará anualmente, el Festival Distrital de las Personas Mayores, que se realizará la última semana de agosto, en el marco de la celebración del mes del envejecimiento y la vejez, para fortalecer el desarrollo integral de las personas mayores, a través de actividades recreo deportivas, sociales, culturales y académicas. El festival incluirá acciones de promoción y prevención en salud, participación e integración intergeneracional. La Secretaria Distrital de Integración Social coordinará la planeación y realización de dicho Festival, con el apoyo de las Secretarias Distritales de Salud, Educación, Mujer, Cultura, Recreación y Deporte y de las Alcaldías Locales. Las organizaciones sociales de personas mayores serán convocadas a participar en la planeación y ejecución del festival en comento.
 

 
2015   Acuerdo 588 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Recomienda a los restaurantes y establecimientos abiertos al público, dedicados a la venta de comidas rápidas que funcionan en Bogotá, indicar en la carta y/o menú, el número de calorías, información nutricional y sustancias de origen animal. La Secretaría Distrital de Salud adelantará las acciones pertinentes, con el fin de promover el cumplimiento de lo señalado por este acuerdo.
 

 
2015   Acuerdo 590 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece la instalación de dispensadores de condones, en sitios de alta afluencia de público, con el fin de prevenir infecciones de transmisión sexual, embarazos no deseados y disfrute responsable de la sexualidad los cuales estarán dotados con la información necesaria sobre su adecuada utilización. La Secretaria Distrital de Salud, determinará la reglamentación del presente Acuerdo, la ubicación e instalación, el tipo de insumos, el tipo de campañas de información, educación y comunicación, así como el financiamiento, implementación, monitoreo y evaluación de las estrategias para el montaje y mantenimiento de los dispensadores, el abastecimiento y suministro permanente de preservativos y el reporte de la distribución, con un enfoque de sostenibilidad y de generación de responsabilidad para los usuarios.
 

 
2015   Decreto 401 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara el Estado de Prevención o Alerta Amarilla en el Relleno Sanitario "Doña Juana" y sus áreas de influencia, por el término de 4 meses, contados a partir de la publicación del presente Decreto, con el objeto de prevenir la afectación al medio ambiente y la salud derivadas de la ocurrencia de la remoción del asentamiento de residuos ubicados en el polígono de la denominada Optimización Fase II. Al efecto, ordena acciones concretas a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos- UAESP, Secretaría Distrital de Salud y al Instituto Distrital de Gestión del Riesgo de Riesgos y Cambio Climático-IDIGER.
 

 
2015   Decreto 555 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

En los artículos 3 a 6 se definen las responsabilidades de las siguientes entidades y organismos en el desarrollo de las medidas adoptadas en este acto administrativo: Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá E.S.P., la Alcaldía Local de Bosa, la Secretaría Distrital de Salud - Centro de Zoonosis, los hospitales de la Localidad de Bosa, las Secretarías Distritales de Gobierno, Desarrollo Económico, Educación, Integración Social, el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático IDIGER, el Jardín Botánico "José Celestino Mutis", el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial Bomberos Bogotá.
 

 
2018   Acuerdo 734 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo emitido por el Concejo de Bogotá, el cual recopila el Registro Distrital de Establecimientos donde se prestan servicios relacionados con entrenamiento y acondicionamiento físico. El Instituto Distrital de Recreación y Deporte o quien haga sus veces recopilará la información relacionada con el registro de establecimientos donde se prestan servicios relacionados con el entrenamiento y acondicionamiento físico. Esta información será remitida a la Secretaría Distrital de Salud y Secretaria Distrital de Gobierno semestralmente, con el propósito de realizar las acciones de su competencia.
 

 
2019   Decreto 057 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Con ocasión a las medidas transitorias y preventivas en materia de tránsito en el Distrito Capital, la Secretaría Distrital de Salud divulgará las recomendaciones necesarias para la minimización del riesgo en salud a la población en general; identificará, monitoreará y hará seguimiento del comportamiento de casos de enfermedad respiratoria en la población de la ciudad y, fortalecerá las estrategias de atención a población con síntomas respiratorios con énfasis en infancia, persona mayor y pacientes con enfermedades crónicas, por parte de las Entidades Administradores de Planes de Beneficios -EAPB e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Públicas -IPS.
 

 
2019   Resolución 2113 de 2019 Secretaría Distrital de Salud  

Asigna a la Subsecretaria de Planeación y Gestión Sectorial de la Secretaría Distrital de Salud o quien haga sus veces, la expedición de los conceptos técnicos de viabilidad para la ejecución de los proyectos de inversión en infraestructura física, equipamiento fijo y dotación biomédica.
 

 
2022   Decreto 239 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece que una vez se realice la inscripción del nuevo propietario de los predios que componen el Complejo Hospitalario San Juan de Dios e Instituto Materno Infantil en los folios de matrícula inmobiliaria, corresponderá al Secretario/a Distrital de Salud asumir la representación judicial y extrajudicial en sustitución de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, dentro de las acciones populares No 2007 - 00319 y 2009 - 0043.
 

 

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