Documentos para FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO :: Funciones
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto 160 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta la Fiesta de Bogotá D.C. contenida en el Acuerdo 486 de 2011, y crea el Comité "Fiesta de Bogotá D.C." Dicho evento es un espacio de encuentro y de integración social de los habitantes de la ciudad, que busca promover la celebración, el goce y la convivencia mediante procesos artísticos, pedagógicos, culturales, deportivos, sociales y de recreación que partan de la memoria y el tejido festivo que caracteriza a la Capital y propendan por el reconocimiento de la cultura de la Ciudad. El comité "Fiesta de Bogotá D.C.", podrá realizar alianzas estratégicas con cualquier entidad del orden nacional, departamental y/o distrital de carácter público o privado, para la consecución de recursos para la celebración de la Fiesta de Bogotá.
 

 
2015   Decreto 541 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

En el artículo 8 se establecen las competencias de las Secretarías Distritales de Educación; Cultura, Recreación y Deporte, el Instituto Distrital de las Artes, la Orquesta Filarmónica de Bogotá, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, el Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico, y la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, como entidades públicas que integran el Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural- SIDFAC.
 

 
2021   Resolución 010 de 2021 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño  

Delega algunas funciones en materia de contratación estatal, ordenación del gasto y pago de los mismos, designa responsables de los proyectos de inversión y adopta otras disposiciones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.
 

 
2022   Acuerdo 002 de 2022 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño  

Establece las funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario y suprime la función disciplinaria que estaba en cabeza de la Subdirección de Gestión Corporativa.
 

 
2023   Resolución 009 de 2023 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño  

Constituye la caja menor de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal 2023, con un monto de ocho millones setecientos mil pesos ($8.700.000) moneda corriente, cuya finalidad es sufragar gastos urgentes, imprescindibles, imprevistos, necesarios e inaplazables.
 

 

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