Documentos para RAMA EJECUTIVA :: Régimen Salarial y Prestacional
Año   Documento   Restrictor  
2011   Decreto 1031 de 2011 Nivel Nacional  

Fija las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del orden nacional.
 

 
2012   Decreto 853 de 2012 Nivel Nacional  

Fija las escalas de remuneración de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos correspondientes a los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas, demás instituciones públicas de la rama ejecutiva nacional y entidades en liquidación del orden nacional.
 

 
2013   Decreto 1006 de 2013 Nivel Nacional  

A partir del 1 de enero de 2013, la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación venían percibiendo a 31 de diciembre de 2012 los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, a las Sociedades de Economía Mixta y a las entidades de naturaleza especial, directas e indirectas del orden nacional sometidas al régimen de dichas empresas será incrementada en 3,44%. En ningún caso, las Juntas Directivas o Consejos Directivos podrán incrementar la remuneración de los empleados públicos de las entidades a que se refiere este decreto. En caso de hacerlo, los miembros de la Junta o Consejo Directivo responderán personal y pecuniariamente por los costos en que se incurra. Así mismo, se dará conocimiento a la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública para lo de su competencia.
 

 
2013   Decreto 1008 de 2013 Nivel Nacional  

Establece a partir del 1 de enero de 2013, la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior, la cual se pagará en forma mensual. Esta prima constituye factor salarial para todos los efectos, incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social, y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b), d) y e) del artículo 62 del Decreto 274 de 2000.
 

 
2013   Decreto 1009 de 2013 Nivel Nacional  

Se establece que a partir del 1 de enero de 2013, la prima especial de que trata el artículo 4 del Decreto 4971 de 2009, para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que se pagará en forma mensual, para determinados cargos. Esta prima constituye factor salarial para todos los efectos, incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artículo 8° del Decreto 4971 de 2009.
 

 
2013   Decreto 1010 de 2013 Nivel Nacional  

Fija a partir del 1 de enero de 2013, la escala de asignación básica para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, se aplica a quienes optaron por el régimen salarial establecido en los Decretos números 618 de 2006 y 4050 de 2008 y para quienes se vincularon a la Entidad con anterioridad a la vigencia del Decreto número 2635 de 2012.
 

 
2013   Decreto 1011 de 2013 Nivel Nacional  

Fija a partir del 1 de enero 2013 las escalas de asignación básica de los empleados públicos administrativos e instructores que desempeñan las funciones propias de los diferentes empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-. Las asignaciones establecidas en este Decreto corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo. Los empleos permanentes de tiempo parcial se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado, salvo para lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 2.
 

 
2013   Decreto 1017 de 2013 Nivel Nacional  

Fija a partir del 1 de enero de 2013, los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
 

 
2013   Decreto 1018 de 2013 Nivel Nacional  

Fija a partir del 1 de enero de 2013, las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS en Supresión, a la Policía Nacional.
 

 
2013   Decreto 1019 de 2013 Nivel Nacional  

Fija a partir del 1 de enero de 2013, la escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. El Presidente de la República devengará, en todo tiempo, una asignación básica igual a la que devenguen los miembros del Congreso de la República y el doble de los gastos de representación que estos perciban. La remuneración mensual del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República será la establecida por las disposiciones legales para los Directores de Departamento Administrativo.
 

 
2013   Decreto 1020 de 2013 Nivel Nacional  

Fija a partir del 1 de enero de 2013, las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, de sus entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. Se podrán crear empleos de medio tiempo los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda.
 

 
2013   Decreto 1021 de 2013 Nivel Nacional  

Fija a partir del 1 de enero de 2013, la siguiente escala de asignaciones básicas mensuales para las distintas denominaciones de empleo del Departamento Administrativo de la Dirección Nacional de Inteligencia. Se podrán crear empleos de medio tiempo, los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda. La remuneración mensual y el régimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Dirección Nacional de Inteligencia será el establecido por las disposiciones legales para los Directores de Departamento Administrativo.
 

 
2013   Decreto 1022 de 2013 Nivel Nacional  

Establece a partir del 1 de enero de 2013, la asignación básica mensual de los empleos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, las cuales solo se aplican a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo. Por tratarse de un establecimiento público del orden nacional, los empleados que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados por estrictas necesidades del servicio mediante resolución expedida por el Director General, percibirán mensualmente un 20% adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal.
 

 
2013   Decreto 1025 de 2013 Nivel Nacional  

Establece a partir del 1 de enero de 2013, la escala salarial de los empleos públicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, y corresponde a empleos de carácter permanente y de tiempo completo. Se podrán crear empleos de medio tiempo, los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda.
 

 
2013   Decreto 1028 de 2013 Nivel Nacional  

Fija a partir del 1 de enero de 2013, la escala de asignaciones básicas para los empleos del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS en Supresión. Los empleados de la planta global que tengan a su cargo la coordinación y supervisión de grupos internos de trabajo establecidos mediante resolución expedida por el Director del Departamento percibirán mensualmente un 20% adicional al valor de la asignación básica del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto.
 

 
2013   Decreto 1029 de 2013 Nivel Nacional  

Establece a partir del 1 de enero de 2013, la escala de remuneración de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos correspondientes a los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas, demás instituciones públicas de la rama ejecutiva nacional y entidades en liquidación del orden nacional. Los empleados públicos que continúen ejerciendo un cargo cuya denominación corresponda al nivel ejecutivo, en razón a que la entidad no ha efectuado los ajustes a lo señalado en el Decreto 770 de 2005, tendrán derecho a un incremento salarial en su asignación básica mensual, para el año 2013, en un 3.44%, calculado sobre la asignación básica mensual que devengaba a 31 de diciembre del año 2012. Igualmente se fija la escala salarial de Ministros del Despacho, Viceministros, Directores y Subdirectores de Departamento Administrativo, entre otros. Se podrán crear empleos de medio tiempo, los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda.
 

 
2013   Decreto 1033 de 2013 Nivel Nacional  

Establece la escala de asignación básica para los empleos carácter permanente y de tiempo completo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y adopta otras disposiciones en materia salarial. Así mismo se fija la remuneración mensual del Director y Subdirector de esta Unidad Administrativa. El Decreto surte efectos a partir del 1 de enero de 2013.
 

 
2013   Decreto 1037 de 2013 Nivel Nacional  

Fija la escala de asignación básica mensual para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la cual regirá para el personal vinculado a la entidad con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 2635 de 2012 y a quienes optaron al régimen previsto en el mismo. Igualmente aplica para los funcionarios incorporados a la planta de personal en aplicación de los Decretos 4952 y 4953 de 2011 y que se que se acogieron al régimen salarial previsto en el artículo 3 del Decreto 2635 de 2012, la norma produce efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2013.
 

 
2013   Sentencia 402 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

Frente al régimen salarial de los servidores de Rama Ejecutiva en el nivel territorial, opera un mecanismo de armonización entre el principio del Estado unitario, que se expresa en la potestad del Congreso de prever objetivos y criterios generales y del Gobierno de prescribir la regulación particular, y el grado de autonomía de las entidades territoriales, que comprende la facultad para fijar las escalas de remuneración y los emolumentos correspondientes, en concordancia con el marco y topes previstos en la ley. Esta articulación responde, por ende, a un modelo jerárquico en el que las normas de raigambre legal, así como las de origen gubernamental, operan como marco de referencia para el ejercicio de la competencia que en materia de régimen salarial tienen los entes locales y respecto de sus servidores públicos. Esto, por supuesto, sin que esas normas de superior jerarquía estén constitucionalmente habilitadas para regular en su integridad el asunto, desconociendo con ello el mencionado grado de autonomía. Por todo lo anteriormente expuesto procede la corte a: Declara exequibles, las expresiones contenidas en el Decreto 1042 de 1978 por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones.
 

 
2014   Decreto 199 de 2014 Nivel Nacional  

Se establecen a partir del 1 de enero de 2014, las escalas de remuneración de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos correspondientes a los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas, demás instituciones públicas de la rama ejecutiva nacional y entidades en liquidación del orden nacional. Los empleados públicos que continúen ejerciendo un cargo cuya denominación corresponda al nivel ejecutivo, en razón a que la entidad no ha efectuado los ajustes a lo señalado en el Decreto 770 de 2005, tendrán derecho a un incremento salarial en su asignación básica mensual, para el año 2014, correspondiente a 2.94%, calculado sobre la asignación básica mensual que devengaban a 31 de diciembre del año 2013. Igualmente se fija la escala salarial de Ministros del Despacho, Viceministros, Directores y Subdirectores de Departamento Administrativo, entre otros. Se podrán crear empleos de medio tiempo, los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda.
 

 
2015   Decreto 1101 de 2015 Nivel Nacional  

Fija las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del orden nacional.
 

 
2015   Decreto 2554 de 2015 Nivel Nacional  

Autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios, las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, en la presente vigencia fiscal podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que los servidores hayan causado desde enero del presente año, hasta la fecha de publicación del presente decreto, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.
 

 
2016   Decreto 228 de 2016 Nivel Nacional  

Establece la escala salarial de los empleos públicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y se dictan otras disposiciones.
 

 
2016   Decreto 229 de 2016 Nivel Nacional  

Fija las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del orden nacional.
 

 
2017   Decreto 728 de 2017 Nivel Nacional  

Adiciona el Capítulo 2 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del sector TIC, Decreto 1078 de 2015, para fortalecer el modelo de Gobierno Digital en las entidades del orden nacional del Estado colombiano, a través de la implementación de zonas de acceso público a Internet inalámbrico
 

 

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