Documentos para SISTEMAS NACIONALES :: Sistema de Información de Metrología Legal -Simel-
Año   Documento   Restrictor  
2014   Decreto 1471 de 2014 Nivel Nacional  

Se establece el Sistema de Información de Metrología Legal (Simel), administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, en el cual se deberán registrar los productores e importadores, los reparadores y los usuarios o titulares de instrumentos de medición sujetos a control metrológico. De acuerdo con los numerales 47, 48, 50, 51 y 55 del artículo 1 del Decreto Nacional 4886 de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio designará mediante convocatoria pública a Organismos Autorizados de Verificación Metrológica (OAVM), para hacer verificaciones periódicas a estos instrumentos cuando estén en uso, las cuales serán pagadas por los usuarios o titulares de estos, de conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Ley 1480 de 2011.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 Nivel Nacional  

Se establece el Sistema de Información de Metrología Legal SIMEL, administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, en el cual se deberán registrar los productores e importadores, los reparadores y los usuarios o titulares de instrumentos de medición sujetos a control metrológico. De acuerdo con los numerales 47, 48, 50, 51 y 55 del artículo 1 del Decreto Nacional 4886 de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio designará mediante convocatoria pública a Organismos Autorizados de Verificación Metrológica (OAVM), para hacer verificaciones periódicas a estos instrumentos cuando estén en uso, las cuales serán pagadas por los usuarios o titulares de estos, de conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Ley 1480 de 2011. (Artículo 2.2.1.7.7.7).
 

 
2017   Resolución 126 de 2017 Comisión de Regulación de Energía y Gas  

Define el código de medida de combustibles líquidos. Establece que el Sistema de Información de Metrología Legal (SIMBL), es el conjunto de funcionalidades informáticas, enfocadas al tratamiento y administración de datos e información relativa al control metrológico de instrumentos de medición sujetos a control metrológico, ejercido por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio en los términos en que se haya determinado en el reglamento técnico metrológico correspondiente.
 

 
2017   Resolución 77590 de 2017 Superintendencia de Industria y Comercio  

Fija los costos de los servicios de verificación metrológica periódica y de después de reparación o modificación que prestarán los Organismos Autorizados de Verificación Metrológica - OAVM designados, de acuerdo con los valores estipulados. Se exceptúa del pago del servicio de verificación metrológica de después de reparación o modificación, únicamente cuando el instrumento verificado ha sido reparado y el procedimiento reportado en el SIMEL dentro de los 2 días calendario siguientes a la realización de la visita de verificación metrológica periódica. Los OAVM designados no pueden cobrar por los servicios de verificación metrológica que prestan, ni por cualquier otro concepto.
 

 

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