2016 |
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Ley 1796 de 2016 Congreso de la República de Colombia
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Establece medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda, el incremento de la seguridad de las edificaciones y el fortalecimiento de la Función Pública que ejercen los curadores urbanos. Crea el Fondo Cuenta de Curadures Urbanos sin personería jurídica, el cual se formará con el porcentaje de las expensas que se destine a la sostenibilidad de la vigilancia que ejercerá la Superintendencia de Notariado y Registro. Dicho Fondo tendrá como representante legal y ordenador del gasto al Superintendente de Notariado y Registro |
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