Documentos para CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS :: Protección a la Maternidad
Año   Documento   Restrictor  
2017   Concepto 28 de 2017 Universidad Distrital Francisco José de Caldas  

Conceptúa sobre cómo debe proceder la Universidad en relación con la continuidad de los contratos de las mujeres en estado de embarazo, haciendo referencia a la estabilidad laboral reforzada que se predica para todos los contratos sin importar su naturaleza ni si el empleador o contratante es del sector público o privado. Se menciona, entre otras cosas, que el Ministerio del Trabajo en reiterados conceptos, sostiene que en los contratos de prestación de servicios serán las partes (supervisor y contratista) quienes determinen si el objeto contractual puede desarrollarse por parte de la contratista sin necesidad de hacer presencia en la Entidad, para lo cual no habrá lugar a la suspensión del contrato; o si por el contrario, consideran que las actividades de la mujer en licencia de maternidad, no pueden ser desarrolladas sino exclusivamente en la Institución, por lo que será necesario suspender el contrato, en los términos y condiciones respectivos.
 

 
2018   Concepto I20183 de 2018 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Responde a la inquietud sobre la procedencia de la suspensión del contrato de prestación de servicios profesionales en razón al periodo de licencia de maternidad, afirmando que la ley protege la maternidad y no excluye la posibilidad de que la mujer cotizante independiente eventualmente reciba las prestaciones económicas de su licencia de maternidad y los honorarios de sus contratos de prestación de servicios, y, de igual manera, que la suspensión solo debería proceder excepcionalmente, en la medida en que la naturaleza del objeto contratado y/o su condición de salud no permita a la mujer madre ejecutar y cumplir el mismo, y por el tiempo que el contexto de cada caso particular amerite.
 

 
2018   Concepto 152002 de 2018 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP  

Emite concepto sobre obligación o no que tiene la Entidad de prorrogar el contrato de prestación de servicios de una contratista embarazada, mediante el cual recomienda la prórroga del contrato de prestación de servicios No. 2-05-26400-0117-2018 suscrito entre la EAAB y la señora Natalia Flórez Moyano, dada su condición de mujer en estado de embarazo, hasta la culminación de la licencia de maternidad (la norma habla de 3 meses posteriores al parto, pero dado que las licencias de maternidad actualmente sobrepasan ese término, se interpreta que es hasta su culminación), pues se pueden evidenciar que subyacen elementos propios del contrato laboral y al parecer la actividad subsistirá aún después del término pactado.
 

 
2018   Directiva 013 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital  

Recuerda a las entidades y organismos del Distrito Capital, que el amparo a la estabilidad reforzada es un derecho de naturaleza constitucional que surge de la aplicación directa de los artículos 11, 13, 25, 43, 44, 47 y 54 de la Constitución política y de los tratados internacionales ratificados por Colombia. Enuncia que en un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión no existe relación laboral entre contratante y contratista, y, analiza diferentes variables que permitan garantizar los derechos de las mujeres embarazadas vinculadas mediante contratos de prestación de servicios y adoptar las medidas afirmativas para el caso.
 

 

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