2017 |
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Decreto 938 de 2017 Nivel Nacional
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El aportante u obligado con el sistema de la protección social, el deudor solidario del obligado o la Administradora del sistema de la protección social, podrá acogerse a la terminación por mutuo acuerdo hasta el 30 de octubre de 2017 con el último acto administrativo notificado con anterioridad a la presentación de la solicitud en debida forma y con el cumplimiento de los requisitos legales. Así mismo, los aportantes u obligados con el sistema de la protección social, los deudores solidarios del obligado y las Administradoras del Sistema de la Protección Social, que presentaron demanda contra los actos administrativos de determinación y sancionatorios antes del 29 de diciembre de 2016, y no les haya sido admitida a la fecha de la presentación de la solicitud, podrán acogerse a la terminación por mutuo acuerdo del proceso administrativo de determinación o sancionatorio |
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