2013 |
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Decreto 803 de 2013 Nivel Nacional
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Los servicios de alimentación institucional o alimentación a empresas prestados bajo contrato catering, entendido este como el suministro de comidas o bebidas preparadas para los empleados de la empresa contratante, se encuentran excluidos del impuesto nacional al consumo y gravados con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general. |
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