2017 |
|
Resolución 2084 de 2017 Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - Coldeportes
|
|
En la Notificación se le solicitará al deportista que ofrezca una explicación del Resultado hallado, se le comunicará que si no se recibe una explicación satisfactoria dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, el Deportista podría ser suspendido provisionalmente. Igualmente se le Informará al deportista que puede solicitar el análisis de la Muestra B y que se procederá con el procedimiento disciplinario aplicable a los Resultados Analíticos Adversos. Si la Organización Nacional Antidopaje decide no presentar el caso tras la instrucción inicial, deberá notificarlo al deportista, la Federación Internacional responsable y la Agencia Mundial Antidopaje. |
|