Documentos para SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD :: Afiliación, Cobertura y Pago
Año   Documento   Restrictor  
2013   Resolución 5510 de 2013 Ministerio de Salud y Protección Social  

Adopta el mecanismo único de recaudo y pago de aportes en salud al Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA de los afiliados a los regímenes especial y de excepción, con ingresos adicionales y el procedimiento para el pago de sus prestaciones económicas.. Señala que a partir del 1 de enero de 2014, el Administrador Fiduciario de los recursos del FOSYGA dispondrá a través de su página webwww.fosyga.gov.co el mecanismo único a través del cual se deberán realizar los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud a favor del FOSYGA de aquellos afiliados a los regímenes especia! y de excepción con ingresos adicionales por los que deban aportar a dicho sistema
 

 
2013   Sentencia T-875 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

Esta Corte ha señalado que la mora en el pago de los aportes, por el empleador o por respectiva caja o fondo de pensiones, no puede, en ningún caso, afectar la prestación del servicio al trabajador activo o retirado. Está vedado a las EPS interrumpir o suspender el servicio a sus afiliados y beneficiarios pretextando problemas administrativos, pues de hacerlo ponen en riesgo la salud, la dignidad y eventualmente la vida misma de esas personas; además, para obtener el cumplimiento de esas obligaciones, tienen la posibilidad de establecer el cobro coactivo para hacer efectivas sus acreencias derivadas de la mora patronal. Lo anterior implica, entonces, que las entidades, tanto públicas como privadas, encargadas de suministrar el servicio a la salud, no pueden dejar de asegurar una prestación permanente y constante, cuando estén en peligro los derechos a la vida y a la salud de los usuarios y que, en los casos en los cuales las EPS y demás instituciones decidan interrumpir la prestación del servicio, se deberá establecer si las razones en las que se fundamenta tal decisión son o no constitucionalmente aceptables.
 

 
2016   Decreto 1937 de 2016 Nivel Nacional  

La afiliación al sistema general de seguridad social en salud de los miembros de las FARC-EP, se realizará al régimen subsidiado mientras subsistan las condiciones que así lo permitan, y siempre y cuando no reúnan las condiciones para pertenecer al régimen contributivo. Para el efecto, la identificación, tratamiento de la información, selección e inscripción en una entidad promotora de salud - EPS se realizará conforme a las disposiciones contenidas en el presente capítulo. Para la afiliación de estos miembros a la correspondiente EPS se deberán seguir las reglas señaladas en este decreto.
 

 
2017   Resolución 4609 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social  

Corrige un error por cambio o alteración de palabras, por consiguiente debe entenderse que cuando el parágrafo del artículo 4° y el numeral 3 del artículo 5° de la Resolución número 4373 de 2017 se refieren al parágrafo 2° del artículo 3° de la presente resolución, en realidad hace referencia a parágrafo 2° del artículo 2° de la Resolución número 4373 de 2017, tratándose del tema de la compra de cartera.
 

 
2017   Resolución 5271 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social  

La afiliación y reporte de novedades de los ex miembros de las FARC-EP al Sistema General de seguridad Social en Salud-SGSSS, por parte de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN). La ARN una vez determine la existencia de ex miembros de las FARC-EP, que no se encuentran inscritos en una EPS, elaborará y entregará el listado censal a la respectiva Entidad Territorial, incluyendo su grupo familiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.3.6 del Decreto número 780 de 2016 Único del Sector Salud, o la norma que lo modifique o sustituya; la afiliación al SGSSS será efectuada mediante la inscripción en alguna de las EPS que operen en el municipio de residencia. La ARN podrá gestionar el reporte de las novedades al SGSSS de esta población.
 

 
2020   Decreto 800 de 2020 Nivel Nacional  

Adopta medidas para mantener la afiliación al mismo de quienes han perdido la capacidad de pago, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
 

 
2020   Sentencia T-058 de 2020 Corte Constitucional de Colombia  

Analiza las reglas de acceso al Sistema General de Seguridad Social en Salud para extranjeros, quienes deben cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 2.1.3.5. del Decreto 780 de 2016, relacionados con los documentos de identificación para efectuar la afiliación y reportar las novedades a los regímenes contributivo y subsidiado, como exigencia de información mínima y necesaria para garantizar su acceso permanente a aquel, y posteriormente, cumplir las exigencias de inscripción de su núcleo familiar en calidad de beneficiarios ante E.P.S.
 

 
2022   Decreto 616 de 2022 Nivel Nacional  

Modifica los artículos 2.1.1.3, 2.1.3.11, 2.1.7.7, 2.1.7.8 y se sustituye el Titulo 5 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en el sentido de incorporar la contribución solidaria como mecanismo de afiliación al Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
 

 
2023   Decreto 439 de 2023 Nivel Nacional  

Amplia el plazo al 05 de marzo de 2024, para que las entidades territoriales actualicen la clasificación de las personas afiliadas en el Régimen Subsidiado a la metodología IV de Sisbén y con el fin de garantizar la continuidad de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
 

 
2023   Resolución 1236 de 2023 Ministerio de Salud y Protección Social  

Define los requisitos, criterios y condiciones para la presentación de las reclamaciones, la realización de la auditoría integral y el pago de los servicios de salud, indemnizaciones y gastos de las víctimas de accidentes de tránsito, eventos terroristas y eventos catastróficos de origen natural presentados ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
 

 

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