Documentos para CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. :: Competencia
Año   Documento   Restrictor  
2015   Fallo 583 de 2015 Consejo de Estado  

El Concejo de Bogotá no puede exigir títulos de idoneidad para oficios que impliquen un riesgo social so pretexto de cumplir las funciones de inspección, control y vigilancia que tiene asignadas en el sector salud, pues tal materia está sometida a reserva legal, según lo dispone el artículo 26 Superior. En suma, se advierte que el Concejo de Bogotá no podía exigir un título de idoneidad en el artículo 5° del Acuerdo 103 de 2003 al demandar una acreditación de un curso de capacitación de mínimo cuarenta (40) horas en la materia para desarrollar los oficios de tatuadores y piercers en el Distrito Capital, pues dicha competencia tiene reserva legal y es una facultad exclusiva del Congreso de la República.
 

 
2016   Fallo 177 de 2016 Consejo de Estado  

El numeral 1° del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 habilita al Concejo Distrital para dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito. El acuerdo demandado, mediante el cual se profundiza la protección y restablecimiento de los derechos de los menores de edad que han sido víctimas de abuso sexual por parte de personas que han recibido condena penal por la comisión de esos delitos, fue expedido en ejercicio de las funciones que le reconoce la Norma. En mérito de lo expuesto, el Concejo de Estado confirma la sentencia, toda vez que el Concejo Distrital si cuenta con competencia para adoptar medidas en defensa de la población infantil y adolescente de la ciudad, ya que dicho acuerdo se traduce en una restricción desproporcionada de los derechos fundamentales de las personas cuya identidad pretendía ser exhibida en escarnio público, así como los de sus familiares.
 

 
2017   Acuerdo 687 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.  

Promueve en las Instituciones Educativas Distritales el Programa Colegios Amigos del Turismo con el propósito de generar cultura turística, apropiación de ciudad y hacer buen uso del tiempo libre por parte de los estudiantes, involucrando para estos propósitos a la totalidad de la comunidad educativa.
 

 
2018   Fallo 01255 de 2018 Consejo de Estado  

La competencia para la creación y la regulación de los Fondos de Desarrollo Local es un asunto del Concejo del Distrito Capital, como quiera que es a dicho ente, en ejercicio de su autonomía administrativa y fiscal, al que le corresponde definir la estructura de la Administración Central y Descentralizada y organizar el Desarrollo económico y social del Distrito, en aras de lograr los fines que se propone como entidad territorial. Así lo ratifican los numerales 8, 10 y 16 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993 al disponer que corresponde a dicho órgano determinar la estructura general de la Administración Central, las funciones básicas de sus entidades y adoptar las escalas de remuneración de las distintas categorías de empleos, dictar las normas que garanticen la descentralización, la desconcentración y la participación y veeduría ciudadanas, dividir el territorio del Distrito en localidades, asignarles competencias y asegurar su funcionamiento y recursos, y crear, suprimir y fusionar establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta y la participación del Distrito en otras entidades de carácter asociativo, de acuerdo con las normas que definan sus características.
 

 
2019   Concepto 220191 de 2019 Secretaría Jurídica Distrital  

La competencia para que el Concejo Distrital dicte normas relativas a la organización de la administración no se deriva de las normas constitucionales y legales relativas a la regulación de los municipios, tales como el artículo 313 numeral 6º de la Constitución Política y las normas legales concordantes, pues éstas solo se aplican a falta de la regulación especial; es decir, si las normas especiales que contemplan el régimen especial para Bogotá no regulan la materia, se acudirá a las normas constitucionales y legales que regulan el régimen general para los demás municipios del país.
 

 
2019   Fallo 01086 de 2019 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

Declara fundadas las objeciones del Alcalde Mayor, al proyecto de acuerdo 136 de 2018 Por medio del cual se crea la Mesa Distrital de Seguimiento al Sistema de Salud de Bogotá, al considerar que el Concejo de Bogotá no tiene competencia funcional, para presentar iniciativas que promuevan la reglamentación de la estructura administrativa del Distrito, como la pretendida con el citado proyecto de acuerdo.
 

 
2020   Concepto 220203 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital  

Considera dar aplicación a lo previsto en el parágrafo 3 del artículo 23 de la ley 136 de 1994, adicionado por el artículo 2 de la Ley 1148 de 2007, para que la presidencia del Concejo de Bogotá, D.C., dentro del marco de autonomía de que está investido, adopte las medidas que considere convenientes, para viabilizar la implementación de las sesiones de la plenaria y de las comisiones de manera no presencial, por razones de orden público, en atención a las condiciones de salubridad y/o de salud pública, que actualmente se presentan en el Distrito Capital.
 

 
2020   Concepto 220208 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital  

Resuelve preguntas en relación con el Proyecto de Acuerdo de Armonización Presupuestal 219 de 2020, especialmente en cuanto a las competencias del Concejo de Bogotá, D.C., para discutir y aprobar este proyecto de acuerdo en sesiones extraordinarias.
 

 
2021   Concepto 220212 de 2021 Secretaría Jurídica Distrital  

Conceptúa que el Concejo de Bogotá D.C. es competente para aprobar los artículos 6, 7 y 8 del Acuerdo Distrital 816 de 2021 como consecuencia de que los artículos a estudio fueron votados favorablemente por el Concejo de Bogotá y posteriormente éstos fueron convalidaron por el Secretario de Hacienda, quien tiene dicha competencia en virtud del Estatuto Orgánico del Presupuesto, el Estatuto Tributario y las demás disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia.
 

 
2022   Acuerdo 856 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.  

Modifica el Acuerdo Distrital 492 de 2012, con relación a las funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario, igualmente modifica las funciones de la Dirección Jurídica. Para el cumplimiento de su misión, objetivos y funciones, el Concejo de Bogotá, D.C., adopta una nueva estructura organizacional; también modifica los grados de asignación básica, para los diferentes niveles jerárquicos de la planta de empleos del Concejo de Bogotá, D.C y crea cargo en la planta de personal como Jefe de Oficina. Una vez modificada la escala salarial para los empleos públicos del Concejo de Bogotá, se adelantará el proceso de incorporación de los empleados públicos a los cuales fue ajustado el grado salarial del nivel directivo; Una vez modificada la escala salarial para los empleos públicos del Concejo de Bogotá, se adelantará el proceso de incorporación de los empleados públicos a los cuales fue ajustado el grado salarial del nivel directivo.
 

 
2023   Acuerdo 908 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.  

Presentar el Acuerdo que busca regular el pago de reconocimientos económicos cuando en desarrollo de literales de los que trata el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, salvo los contemplados en los literales c) y l), ejecutados por cualquier entidad del Distrito Capital a la que le aplique dicha forma de utilidad pública, con quienes se adelanten acciones administrativas tendientes a la adquisición de predios que impliquen la movilización involuntaria de ciudadanos.
 

 

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