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Concepto 2019IE de 2019 Departamento Administrativo de Catastro
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Conceptúa que si es posible jurídicamente eliminar la recepción de peticiones ciudadanas en todas sus modalidades a través del correo institucional contactenos@catastrobogota.gov.co, en razón a que las autoridades públicas tienen competencias para regular el trámite interno de las peticiones en ejercicio de su autonomía administrativa en virtud del artículo 22 de la ley 1437 de 2011 y que en el marco del artículo 3 del Acuerdo Distrital 630 de 2015, modificado por el artículo 1 del Acuerdo Distrital 730 de 2018, el Sistema Distrital de Quejas y Reclamos (SDQS) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. es el único sistema de recepción de peticiones ciudadanas que deben adoptar las entidades y organismos distritales. |
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