Documentos para POBLACIÓN REINSERTADA Y DESMOVILIZADA :: Derechos
Año   Documento   Restrictor  
2014   Sentencia C-577 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional se pronuncia en el sentido de estarse a lo resuelto en la sentencia C-579 de 2013, que declaró la exequibilidad del inciso cuarto del artículo 1º del Acto Legislativo 1 de 2012, que incorporó el artículo 66 transitorio de la Constitución Política. Del análisis señaló que el artículo transitorio 67 de la Constitución no sustituye la Constitución porque: a) Resulta acorde con el principio definitorio de participación política inherente al marco jurídico democrático y participativo, tal y como el mismo fue consagrado por el régimen constitucional vigente; y b) En tanto, en el caso de los desmovilizados que sean seleccionados y condenados en el marco del proceso de justicia transicional, el artículo transitorio 67 tiene como presupuesto el cumplimiento de una serie de condiciones establecidas por el propio Acto Legislativo 1 de 2012, que garantizan que no se eluda el deber de investigar, juzgar y sancionar las graves vulneraciones a los derechos humanos.
 

 
2016   Sentencia T-023 de 2016 Corte Constitucional de Colombia  

La desmovilización es un hecho que, en sí mismo, justifica un tratamiento constitucional favorable, pues la consecución de la paz no solo es una finalidad constitucionalmente relevante, sino también un derecho y un deber establecido en el artículo 22 Superior, razones por las cuales es imprescindible que todas las autoridades públicas, incluido el juez constitucional, dirijan sus actuaciones a lograr la eficacia de los procesos de desmovilización, tanto individuales como colectivos.
 

 

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