2015 |
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Decreto 1743 de 2015 Nivel Distrital
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Para salir del territorio nacional, las personas deberán presentar a la autoridad migratoria los siguientes documentos: Para mayores de edad: pasaporte vigente o documento de viaje válido y en los casos establecidos por instrumentos internacionales vigentes, documento de identidad o cédula de extranjería, según el caso; visa o permiso vigente, según el caso; salvoconducto. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1067 de 2015 Nivel Nacional
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Para salir del territorio nacional, las personas deberán presentar a la autoridad migratoria los siguientes documentos para mayores de edad: pasaporte vigente o documento de viaje válido y en los casos establecidos por instrumentos internacionales vigentes, documento de identidad o cédula de extranjería, según el caso, visa o permiso vigente, según el caso, salvoconducto en los casos establecidos. (Artículo 2.2.1.11.6.1.) |
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