2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015 Nivel Nacional
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Establece el procedimiento para la expedición y actualización del Plan Nacional de Gestión del Riesgo, el cual será de obligatorio cumplimiento por parte de las entidades que integran el sistema nacional de gestión del riesgo de desastres, con el propósito de precisar en detalle las instancias que se deben considerar en la formulación, aprobación, adopción, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan, este se aplica a los integrantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres e instancias de dirección, orientación y coordinación que hacen parte del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, contempladas en los artículos 8°, 9° y 15 de la Ley 1523 de 2012. El mencionado Plan contendrá los objetivos, programas, acciones, responsables y presupuestos, mediante las cuales se ejecutarán los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y de manejo de desastres, en el marco de la planificación del desarrollo nacional. Se señala sus estructura la cual contendrá un componente general y uno programático y de inversiones; formulación del plan nacional de gestión de riesgo, aprobación, adopción y términos, ejecución, seguimiento y evaluación, actualización, y financiamiento (Artículo 2.3.1.2.1.1.1 al 2.3.1.2.2.6.1) |
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2022 |
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Decreto 1478 de 2022 Nivel Nacional
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Adopta la actualización del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y su objetivo general es orientar las acciones del Estado y de la sociedad civil en cuanto al conocimiento del riesgo, la reducción del riesgo y el manejo de desastres en cumplimiento de la Política Nacional de Gestión del Riesgo, que contribuyan a la seguridad, bienestar, la calidad de vida de las personas y el desarrollo sostenible del territorio nacional. |
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