Documentos para AGENCIAS DE VIAJES Y AEROLINEAS :: Generalidades
Año   Documento   Restrictor  
1950   Decreto 2663 de 1950 Nivel Nacional  

Hay contrato de trabajo con los representantes, agentes vendedores y agentes viajeros, cuando al servicio de personas determinadas, bajo su continuada dependencia y mediante remuneración se dediquen personalmente al ejercicio de su profesión y no constituyan por si mismos una empresa comercial. Esos trabajadores deben proveerse de una licencia para ejercer su profesión, que expedirá el Ministerio de Fomento hoy Ministerio de Desarrollo Económico.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 Nivel Nacional  

Por razón de las funciones que deben cumplir y sin perjuicio de la libertad de empresa, las Agencias de Viajes son de tres clases, a saber: Agencias de Viajes y Turismo, Agencias de Viajes Operadoras y Agencias de Viajes Mayoristas. Dicta ciertas disposiciones relacionadas con la responsabilidad de las Agencias de Viajes en la prestación de servicios turísticos. Asimismo, señala que toda publicidad o información escrita sobre los planes o servicios turísticos ofrecidos por estas agencias, deberá contener como mínimo: la clase de alojamiento, categoría del establecimiento si se encontrare categorizado, tarifas, duración del plan turístico, medios de transporte, servicios complementarios, nombre y dirección del prestador y el correspondiente número de inscripción en el Registro Nacional de Turismo (Artículo 2.2.4.3.1.1 al 2.2.4.4.11.3)
 

 

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