Documentos para ESTATUTOS :: Estatuto Orgánico del Presupuesto
Año   Documento   Restrictor  
2015   Sentencia 652 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

El artículo 36 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 111 de 1996, dispone que el Presupuesto de Gastos se compondrá de los gastos de funcionamiento, del servicio de la deuda pública y de los gastos de inversión, y que cada uno de esos gastos se presentará clasificado "en diferentes secciones" que corresponderán, entre otros órganos y ramas del poder público, "a la rama judicial". En plena correspondencia con dicho mandato, el artículo 110 del mismo estatuto establece que: "[l]os órganos que son una sección en el presupuesto general de la nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la ley. Estas facultades estarán en cabeza del jefe de cada órgano, quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces.
 

 
2017   Decreto 1238 de 2017 Nivel Nacional  

Pertenece a la Nación los rendimientos financieros obtenidos por el Sistema de Cuenta Única Nacional, originados tanto con recursos de la Nación como los provenientes de recursos propios, en concordancia con lo establecido por los artículos 16 y 101 del Estatuto Orgánico del Presupuesto. Se exceptúan de la anterior disposición, aquellos rendimientos originados con recursos de las entidades estatales del orden nacional que administren contribuciones parafiscales y de los órganos de previsión y seguridad social que administren prestaciones sociales de carácter económico; así como los rendimientos financieros originados en patrimonios autónomos que la ley haya autorizado.
 

 
2018   Decreto 412 de 2018 Nivel Nacional  

Identifica y ubica los conceptos de ingresos y los objetos de gasto dentro del presupuesto. Los conceptos, definiciones, clasificaciones y convenciones presentadas en el mismo aplican para todos los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación.
 

 
2020   Concepto Unificador 2020EE de 2020 Secretaría Distrital de Hacienda  

Explica que "En conclusión, el Gobierno Distrital tiene la competencia de expedir el Estatuto Orgánico de Presupuesto de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, en el marco de lo establecido por los artículos 313 y 352 de la Constitución Política y los artículos 2, 74 y 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, Decreto 714 de 1996."
 

 
2023   Decreto 556 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adiciona un artículo nuevo al Decreto 192 de 2021, sobre el Marco de Gasto de Mediano Plazo del Distrito Capital que permitirá tener una planeación macro y fiscal en el mediano plazo mediante la proyección y priorización del gasto tanto de funcionamiento, inversión y servicio de la deuda por sector para un período de cuatro (4) años.
 

 

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