1950 |
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Decreto 2663 de 1950 Nivel Nacional
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Las empresas agrícolas, ganaderas o forestales que ocupen quince (15) o más trabajadores que residan en ellas, están obligados a suministrarles alojamiento adecuado, a destinar un local para la asistencia de enfermos y a proveerlos de los medicamentos o medios terapéuticos de urgencia. A su vez, están obligadas a combatir las enfermedades tropicales, por todos los medios curativos y profilácticos. |
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