2013 |
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Sentencia C-099 de 2013 Corte Constitucional de Colombia
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El derecho a la verdad, la jurisprudencia de la Corte ha establecido los siguientes criterios jurisprudenciales: (i) El derecho a la verdad, se encuentra consagrado en los principios 1 a 4 de los Principios para la protección y promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, y encuentra su fundamento en el principio de dignidad humana, en el deber de memoria histórica y de recordar, y en el derecho al bueno nombre y a la imagen; (ii) Así, las víctimas y los perjudicados por graves violaciones de derechos humanos tienen el derecho inalienable a saber la verdad de lo ocurrido; (iii) este derecho se encuentra en cabeza de las víctimas, de sus familiares y de la sociedad en su conjunto, y por tanto apareja una dimensión individual y una colectiva; (iv) la dimensión individual del derecho a la verdad implica que las víctimas y sus familiares conozcan la verdad sobre los hechos, los responsables y las consecuencias de lo sucedido. Este derecho apareja por tanto, el derecho a conocer la autoría del crimen, los motivos y las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos delictivos, y finalmente, el patrón criminal que marca la comisión de los hechos criminales. |
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2019 |
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Sentencia C-588 de 2019 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte indica lo siguiente: (i) comprende el derecho inalienable a la verdad, el deber de recordar y el derecho de las víctimas a saber[64] y (ii) tiene manifestaciones individuales y colectivas, según se analice desde la perspectiva del interés de los afectados por el hecho victimizante o de la sociedad a conocer lo que ha pasado. |
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