2010 |
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Decreto 2555 de 2010 Nivel Nacional
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Determina que las cesantías que se depositen en el Fondo Nacional de Ahorro tendrán la garantía del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras-FOGAFIN. Para tal efecto el Fondo Nacional de Ahorro deberá adelantar ante Fogafin las diligencias necesarias para lograr la inscripción respectiva, de conformidad con las normas vigentes. (Artículo 10.5.7.1.1 a 10.5.7.1.3) |
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