Documentos para MIGRANTES :: Registro
Año   Documento   Restrictor  
2018   Decreto 542 de 2018 Nivel Nacional  

La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres UNGRD diseñará y administrará un Registro Administrativo de Migrantes venezolanos en Colombia que permita ampliar la información sobre el fenómeno migratorio de esta población en nuestro país. El registro nacional tiene efectos informativos y no otorga ningún tipo de estatus migratorio, no constituye autorización de permanencia o regularización, no reemplaza los documentos de viaje vigentes, no genera derechos de orden civil o político, ni el acceso a planes o programas sociales u otras garantías diferentes a las dispuestas en la oferta institucional de las entidades del Estado, de conformidad con las normas legales vigentes.
 

 
2018   Decreto 1288 de 2018 Nivel Nacional  

Adopta medidas para garantizar el acceso de las personas inscritas en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos a la oferta institucional y se dictan otras medidas sobre el retorno de colombianos.
 

 
2019   Circular Conjunta 001 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Señala lineamientos para las entidades y organismos pertenecientes a la Administración Distrital, sobre atención a ciudadanos venezolanos en situación migratoria irregular.
 

 
2019   Ley 1999 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Declara el 10 de octubre como el Día Nacional del Colombiano Migrante.
 

 
2021   Decreto 216 de 2021 Nivel Nacional  

Adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y se dictan otras disposiciones en materia migratoria.
 

 
2021   Resolución 2231 de 2021 Ministerio de Relaciones Exteriores  

Dicta disposiciones para el ingreso, tránsito, permanencia y salida del territorio colombiano, para los nacionales venezolanos que porten el pasaporte vencido, y se deroga la Resolución número 872 de 2019.
 

 
2021   Resolución 3272 de 2021 Unidad Administrativa Especial Migración Colombia  

Requiere a los siguientes ciudadanos venezolanos solicitantes del Permiso por Protección Temporal, en virtud del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal a fin de que aporten documentos, completen la información y/o cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 216 de 2021 y la Resolución 0971 del mismo año, para la autorización del Permiso. a través de la pagina web de Migración Colombia por un término de cinco días hábiles.
 

 
2022   Directiva Presidencial 005 de 2022 Presidencia de la República  

Imparte lineamientos sobre el permiso por protección temporal para migrantes venezolanos como documento válido para acceder a la oferta institucional y trámites del Estado Colombiano, precisando que las entidades públicas del orden nacional deben admitir el PPT como documento válido de identificación para los migrantes venezolanos, y permitirles así el acceso a su oferta institucional en las mismas condiciones que la población colombiana, razón por la cual es preciso que las entidades públicas del orden nacional adopten las medidas necesarias y realicen los ajustes que se requieran para incluir el PPT como documento válido de identificación en sus sistemas de información, y de esta forma garantizar el acceso efectivo a servicios y procedimientos públicos y privados.
 

 
2022   Resolución 572 de 2022 Ministerio de Salud y Protección Social  

Incluye el Permiso por Protección Temporal  PPT como documento válido de identificación de los migrantes venezolanos en los sistemas que integran el Sistema de Protección Social y definir sus especificaciones.
 

 
2022   Resolución 14448 de 2022 Ministerio de Educación Nacional  

Incorpora el Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación en el trámite de convalidación de títulos de Educación Superior regulado por la Resolución 10687 de 2019 cuando el solicitante no cuente con cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o pasaporte vigente.
 

 
2023   Resolución 515 de 2023 Unidad Administrativa Especial Migración Colombia  

Habilita el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) desde el 1° de abril de 2023 hasta el 30 de abril de 2023, para aquellos migrantes venezolanos que a la fecha no hayan realizado el registro, y quieran acceder al Permiso por Protección Temporal (PPT), y se encuentren en las siguientes condiciones: 1. Encontrarse en territorio colombiano como titulares de un Permiso Especial de Permanencia (PEP), vigente hasta el 28 de febrero de 2023, y 2. Encontrarse en territorio colombiano de manera regular como titulares de un Salvoconducto de Permanencia SC-2 en el marco del trámite de una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
 

 
2024   Resolución 220 de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social  

Establece los términos y condiciones para el reporte de información periódica por parte de los departamentos y distritos al Ministerio de Salud y Protección Social relacionada con la facturación que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, públicas, privadas y mixtas, radican por concepto de atención de urgencias a la población migrante no afiliada.
 

 

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