2017 |
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Concepto 220171 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Precisa que ni el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública 1083 de 2015 ni la Circular Externa 100-003-2017 del Departamento Administrativo de la Función Pública, resultan obligatoriamente aplicables a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP - EAB ESP en relación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, toda vez que esta empresa, vinculada al Sector de Hábitat de la ciudad de Bogotá Distrito Capital, hace parte de la rama ejecutiva del poder público del orden territorial, y tal normatividad está dirigida a las entidades y organismos que integran la Rama Ejecutiva del orden nacional, y solo de manera facultativa a las entidades autónomas y territoriales. |
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