Documentos para CONTRATACIÓN PÚBLICA :: Revocatoria Directa del Acto Administrativo de Adjudicación de Contrato
Año   Documento   Restrictor  
2005   Fallo 89212 de 2005 Procuraduría General de la Nación  

La Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal declara al señor Jaime Arias Ramírez responsable disciplinariamente y sancionado en su calidad de Presidente del Instituto de Seguros Sociales con MULTA de sesenta (60) días de salario, devengados para la época en que sucedieron los hechos materia de investigación, los cuales equivalen a la suma de de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M/CTE ($14.960.436) toda vez que se evidenciaron irregularidades en la revocación de las resoluciones que dieron apertura a las licitaciones Nos. EPS 002; ARP 01 y VF 004 del año 2000, del Instituto de los Seguros Sociales y se precisa que de ninguna manera se puede calificar o justificar el cambio abrupto, en la destinación de unos recursos presupuestales comprometidos para los procesos licitatorios objeto de este debate, con el pretexto de poder cumplir con una situación ajena a los procesos contractuales iniciados y que de igual forma no le es dable a la administración revocar sus propios actos, so pretexto de sacar del mundo jurídico un acto generador de situaciones concretas, máxime cuando estas entraron en producción de los efectos jurídicos de la misma. Tal falta se califica como grave atendiendo a los siguientes criterios: la culpabilidad del disciplinado quedó evidenciada al no cumplir con el principio de economía y con el procedimiento de selección; su grado de preparación intelectual; su participación fue directa, como quiera que el cargo de Presidente del ISS le imponía la dirección del proceso de contratación y en tal calidad firmó los actos administrativos de revocatoria.
 

 
2018   Directiva 016 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital  

Dicta recomendaciones en materia de contratación, relacionadas con revocatoria directa del acto administrativo de adjudicación de contrato, considerando que resolver la solicitud de revocatoria una vez suscrito el contrato y dentro de los dos meses siguientes a la presentación de la misma, (3 del artículo 95 de la Ley 1437 de 2011), haría inocua dicha solicitud de revocatoria y podría configurar un riesgo jurídico para la Entidad, por cuanto en el evento en que se evalúe la solicitud y se encuentre que la misma debe prosperar, se tendría que revocar un contrato suscrito, en ejecución o incluso finalizado o liquidado.
 

 
2018   Directiva 023 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital  

En la cual dicta lineamientos sobre el tema de revocatoria directa del acto de adjudicación en procesos de selección. Realizando una modificación importante en el evento en que la entidad considere que el acto administrativo de adjudicación se obtuvo por medios ilegales, siendo esta autónoma en la revocación directa sin consentimiento previo ni expreso del particular.
 

 

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