Documentos para MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO :: Procedimientos
Año   Documento   Restrictor  
2010   Acuerdo PSAA10 de 2010 Consejo Superior de la Judicatura  

Debe contener el Informe de Auditoría Externa, entre otros, la caratula, el programa de auditoría, el reporte del cumplimiento de las inversiones y su metodología, el resultado de los compromisos de nueva inversión y renta líquida por parte de las zonas francas permanentes especiales de personas jurídica.
 

 
2010   Resolución 230 de 2010 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo  

Modifica el Reglamento Técnico para llantas neumáticas que se fabriquen, importen, se reencauchen y se comercialicen para uso en vehículos automotores y sus remolques, con el propósito de: Separar las subpartidas arancelarias de las llantas neumáticas nuevas de las subpartidas correspondientes a llantas neumáticas reencauchadas, limitar el uso de llantas neumáticas reencauchadas cuando por condiciones técnicas de seguridad así se recomiende, conceder un plazo prudencial para que la infraestructura del Subsistema Nacional de la Calidad se ajuste a las necesidades de los usuarios, para que se permita usar de manera segura y confiable llantas neumáticas reencauchadas en las mismas condiciones de las llantas neumáticas nuevas y ajustar la muestra de llantas neumáticas reencauchadas para facilitar los ensayos y la obtención de la certificación de conformidad correspondiente.
 

 
2018   Resolución 1425 de 2018 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo  

Establece el procedimiento interno que el Ministerio de Comercio Industria y Turismo deberá observar para tramitar las solicitudes de autorización del programa de fomento para la industria de astilleros, en adelante Proastilleros, y reglamentar la metodología para la asignación del código numérico único a los bienes comprendidos en las subpartidas arancelarias establecidas en el artículo 2.2.1.12.1.3 del Decreto 1074 de 2015.
 

 
2020   Decreto 1794 de 2020 Nivel Nacional  

Por el cual se adiciona un Capítulo, relacionado con la aplicación de derechos antidumping, al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones
 

 
2020   Resolución 498 de 2020 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo  

Establece lineamientos a los subsectores de manufacturas y sus cadenas para el cumplimiento de protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social, y las instrucciones que expidan las entidades de orden territorial para entrar a operar.
 

 
2021   Decreto 1338 de 2021 Nivel Nacional  

Adiciona el Capítulo 12 y deroga las Secciones 1 y 2 del Capítulo 2, del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en el sentido de reglamentar la contribución parafiscal para el turismo con destino a la promoción, sostenibilidad y competitividad de este sector, de que trata el artículo 40 de la Ley 300 de 1996, - modificado por el artículo 34 de la Ley 2068 de 2020, así como establecer el procedimiento para su recaudo, declaración, pago, fiscalización y determinación de la obligación tributaria.
 

 
2021   Resolución 1066 de 2021 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo  

Adopta El Plan Integral de Gestión de Cambio Climático del Sector Comercio, Industria y Turismo (PIGCCS), que tiene por objetivo Promover la competitividad y el mejoramiento de la productividad del sector, basado en el desarrollo bajo en carbono y la reducción de la vulnerabilidad ante el cambio climático, a través del diseño, implementación y evaluación de políticas, programas y acciones de corto, mediano y largo plazo.
 

 
2022   Resolución 655 de 2022 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo  

Reglamenta la fecha de presentación y el contenido de los Informes de Auditoría Externa, la cual deberán ser presentados ante la Dirección de Productividad y Competitividad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Subdirección de Fiscalización Aduanera de la Dirección de Gestión de Fiscalización de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y el usuario operador, por parte de la empresa auditora especializada contratada por el usuario operador de la respectiva zona franca, la auditoría cubrirá el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de cada año, y se deberá presentar a más tardar el treinta (30) de junio del año siguiente a aquel al que se realiza la correspondiente auditoría anual.
 

 

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