2019 |
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Concepto 00236 de 2019 Consejo de Estado
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Los congresistas que se declararon impedidos y a quienes les fue aceptado su impedimento para la elección del Contralor de la República, no se encuentran enmarcados en la prohibición del inciso segundo del artículo 126 de la Constitución Política, a menos que hayan intervenido en alguna otra forma o momento, en la postulación o designación del Contralor General de la República. Asimismo, los congresistas que no asistieron a la sesión donde se eligió al Contralor General de la República, por excusa justificada o no; a menos que hayan intervenido en alguna otra forma o momento, en la designación o postulación del Contralor General de la República. Los congresistas presentes, o que hayan intervenido en las entrevistas rendidas por los candidatos a Contralor General de la República, se encuentran cobijados por la prohibición contenida en el artículo 126 de la Constitución Política, toda vez que intervinieron en el proceso de postulación del referido funcionario. |
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