2019 |
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Decreto 2046 de 2019 Nivel Nacional
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Determina la competencia de las Cámaras de Comercio frente al registro de Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo. Al momento de realizar el control previo y formal del documento mediante el cual se solicita el registro de la decisión de adoptar la condición de Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (BIC), las Cámaras de Comercio deberán verificar el cumplimiento de lo señalado en el inciso 2° del parágrafo primero del artículo 2.2.1.15.11., así como el cumplimiento de los requisitos plasmados en el artículo 2.2.1.15.5. del presente decreto. |
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