Documentos para CENTROS DE ENSEÑANZA AUTOMOVILÍSTICA :: Certificación para conductores e instructores en conducción
Año   Documento   Restrictor  
2009   Decreto 1500 de 2009 Nivel Nacional  

Establece los requisitos para certificar a conductores e instructores en conducción. Poder acceder al proceso de capacitación y de formación como conductor, el aspirante deberá acreditar los siguientes requisitos: Saber leer y escribir, tener 16 años cumplidos para el servicio diferente al público y tener 18 años para vehículos de servicio público. Para formarse como instructor deberá: Tener licencia de conducción de la categoría para la cual se aspira a ser instructor, tener título de bachiller y Acreditar experiencia de dos (2) años como conductor en la categoría para la cual aspira a formarse como instructor.
 

 
2009   Resolución 3245 de 2009 Ministerio de Transporte  

Reglamenta las condiciones de funcionamiento de los Centros de Enseñanza Automovilística. Adicionalmente regula el trámite de certificación para la habilitación de los Centros de Enseñanza Automovilística, así como el certificado de competencias laborales que conforma la titulación del instructor de conducción.
 

 
2023   Ley 2283 de 2023 Congreso de la República de Colombia  

Establece una serie de prerrogativas para el desarrollo de. la actividad de los Organismos de Apoyo al Tránsito (OAT), en especial a los Centros de Enseñanza Automovilístico - CEA, que les permita funcionar bajo condiciones acordes a las realidades actuales, facilitar la transición de persona natural a jurídica de manera voluntaria, sin contratiempos, conservando su antigüedad y sin interrumpir su operación, e instaurar mecanismos para amparar a los afectados por siniestros viales.
 

 

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