2012 |
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Acuerdo PSAA12 de 2012 Consejo Superior de la Judicatura
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Modifica lo referente a la determinación del tiempo de la judicatura en modalidad Ad -Honorem así:
-Seis (6), siete (7) o de Nueve (9) meses, de disponibilidad exclusiva y jornada completa según la en la entidad seleccionada. - únicamente ad- honorem
-El de mayor duración estipulado en la norma, si se combinan modalidades de Ad- Honorem de 6, 7 o 9, meses.
-Un año de servicio, si combina modalidad ad-honorem de 6, 7 o 9 meses con una modalidad remunerada.
- Dos (2) años ejerciendo la profesión con licencia temporal, atendiendo desde su inicio hasta su terminación como mínimo treinta (30) procesos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Reglamentario 765 de 1.977, no podrá computar esta clase de judicatura con cualquier otra judicatura remunerada o ad-honorem.
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