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Documento |
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Restrictor |
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| 2020 |
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Acuerdo 761 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.
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Estableció como meta trazadora 76: Implementar una estrategia de horarios escalonados en las entidades del distrito cuya naturaleza funcional lo permita para contribuir a la modalidad de la ciudad y a la ampliación de los horarios de atención en las entidades del distrito, la cual busca brindar escenarios que mejoren la movilidad y la calidad de vida de los y las servidoras (es) públicas (os) distritales, a través de la implementación de horarios laborales escalonados. |
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| 2020 |
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Acuerdo 778 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece lineamientos para la implementación de una estrategia de horario laboral escalonado por parte de las entidades del nivel central y descentralizado del distrito y se promueve la vinculación del sector privado a la iniciativa, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 1 y 21 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993. |
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| 2022 |
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Acuerdo Laboral 1 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Indicó en el punto 18 que "La Administración Distrital en cabeza del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -Dascd- dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la firma del referido Acuerdo expedirá lineamiento dirigido a las entidades y organismos distritales para que se implemente una estrategia de horarios escalonados que permitan conciliar el bienestar de los servidores con la prestación del servicio". |
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| 2022 |
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Decreto 592 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Establece lineamientos para la implementación de horarios laborales escalonados en las entidades y organismos del sector central del Distrito Capital que se concederá a los servidores públicos que así lo soliciten, con excepción de aquellos que por necesidades del servicio o factores organizacionales no sea permitido. Aquellos que gocen de horarios flexibles, no podrán gozar del beneficio del horario escalonado. |
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| 2023 |
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Circular Externa 003 de 2023 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD
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Emite recomendaciones técnicas y metodológicas que permitan la implementación de la estrategia de horarios escalonados en las entidades u organismos del nivel central y descentralizado de la administración Distrital, con el propósito de garantizar el bienestar y la calidad de vida de los y las servidoras (es) públicas (os). |
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| 2025 |
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Decreto 640 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Establece que el horario general para los servidores del sector central es de lunes a viernes en jornada continua de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., con una hora de almuerzo entre las 12:00 m. y las 2:00 p.m. Se faculta a Secretarios y Directores para establecer horarios flexibles por necesidades del servicio o situaciones especiales (cuidadores de niños, adultos mayores, personas con discapacidad o por enfermedad grave del servidor). (Ver Artículos 413, 414, 415, 418, 419, 420, 423, 425 y 466 numeral 18). |
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Horario Laboral Escalonado
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