Imparte directrices a los sujetos obligados a transar en el SECOP II para que una vez finalicen sus Procesos de Contratación, procedan a realizar el cierre del expediente electrónico antes del 31 de julio de 2023 y no se requiera de liquidación o queden obligaciones postcontractuales pendientes.
Amplia el término para el cierre del contrato electrónico en SECOP II, establecido en la Circular Externa No. 002 de 2023 hasta el 10 de noviembre de 2023.