| 2011 |
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Sentencia C-877 de 2011 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional consideró que las ciudadanas estructuraron dos cargos de inconstitucionalidad, a saber:
a) El legislador tributario, al establecer que el contribuyente que pretenda obtener una devolución, deberá previamente suscribir una garantía equivalente al monto objeto de aquélla, mas unas sanciones (previstas en el artículo 670 del E.T.), siempre que éstas no superen los diez mil (10.000) s.m.l.v., estaría violando la presunción de inocencia (art. 29 Superior), en la medida en que se partiría de la responsabilidad, no probada, del contribuyente. b) De igual manera, se desconocería el principio de la buena fe, por cuanto el legislador parte del supuesto de que el contribuyente elevó una solicitud de devolución amañada. |
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