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Sentencia de Unificación SU-081 de 2020 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional refiere que, el arbitraje es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos que, en principio, tiene autonomía frente a la jurisdicción ordinaria. Sin embargo, esta autonomía no es absoluta, ya que los laudos arbitrales deben respetar la Constitución y los derechos fundamentales. La Corte ha determinado que, aunque los tribunales arbitrales tienen la facultad de interpretar el derecho aplicable al caso, sus decisiones pueden ser objeto de control constitucional si se demuestra que vulneran derechos fundamentales o desconocen normas de rango superior. Este control no implica una revisión general del laudo, sino una intervención estrictamente limitada a la verificación de eventuales violaciones constitucionales. |
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