Documentos para COMUNIDADES INDIGENAS Y AFRODESCENDIENTES :: Articulación entre entidades públicas y consejos indígenas
Año   Documento   Restrictor  
2007   Decreto 2406 de 2007 Nivel Nacional  

Crea la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas como instancia de trabajo y concertación vinculada a la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas, en desarrollo del Numeral 17 del artículo 12, y el artículo 13 del Decreto 1397 de 1996.
 

 
2017   Sentencia T-302 de 2017 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional destaca la complejidad que enfrenta el Estado para dialogar con las autoridades tradicionales wayúu, dado que no existe un único mandatario político o autoridad legítima que represente a todo el pueblo Wayúu. La multiplicidad de autoridades tradicionales registradas, muchas de las cuales no cuentan con reconocimiento genuino por parte de la comunidad, dificulta establecer un diálogo efectivo y legitimado. Además, la comunidad wayúu no responde a las nociones occidentales de democracia representativa, sino que sus formas de autoridad se respetan a través de representantes por línea materna y mediante sus propias estructuras de poder, como los alaülayu o tíos maternos. Esta realidad exige que las instituciones públicas revisen y legitimicen sus criterios para el reconocimiento y interlocución con autoridades tradicionales auténticas, asegurando un diálogo intercultural efectivo y respetuoso.
 

 
2025   Decreto 488 de 2025 Nivel Nacional  

Dicta las normas fiscales necesarias para la puesta en funcionamiento de los Territorios Indígenas respecto de sus estructuras de gobierno, los procedimientos para el ejercicio de competencias y atribuciones constitucionales y legales, normas fiscales, la definición de sus límites y la coordinación con las demás entidades e instituciones del Estado.
 

 
2025   Sentencia T-106 de 2025 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional destaca la importancia de establecer un diálogo intercultural que respete y reconozca la autonomía de las comunidades indígenas. Este diálogo debe ser un proceso continuo y no solo reactivo ante situaciones de crisis. La necesidad de articular esfuerzos entre las autoridades estatales y los consejos indígenas es esencial para abordar las complejidades de la gestión territorial y propiciar un ambiente donde los derechos y necesidades de los pueblos sean considerados y respetados. Este enfoque colaborativo es vital para reconstruir la confianza entre las instituciones y las comunidades, en un contexto donde históricamente se han ignorado sus voces y preocupaciones.
 

 
2026   Sentencia T-231 de 2026 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte señala que el enfoque diferencial étnico en estas jornadas exige, como mínimo: (i) la presencia de intérpretes o de miembros de la comunidad que faciliten la comunicación en lengua Jiw; (ii) el reconocimiento de los nombres tradicionales de los menores de edad, sin que la falta de correspondencia con la onomástica registral ordinaria sea obstáculo para la inscripción; y (iii) la coordinación previa con las autoridades tradicionales para identificar a los menores de edad sin registro y programar las jornadas en horarios y condiciones compatibles con las dinámicas propias de la comunidad.
 

 

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