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Resolución Reglamentaria 021 de 2020 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
20/10/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/10/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6943 del 22 de octubre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARÍA 021 DE 2020

 

(Octubre 20)

 

Derogada art. 3. Resolución Reglamentaria 033 de 2023.


Por la cual se adopta la nueva versión para algunos procedimientos del Proceso de Gestión del Talento Humano

 

LA CONTRALORA DE BOGOTÁ, D. C. (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el Acuerdo No. 658 de 2016, modificado por el Acuerdo No. 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C., y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política, establece como obligación de las autoridades diseñar y aplicar en las entidades públicas, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional los procedimientos para la ejecución de procesos y la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que la Contraloría de Bogotá, D.C. mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de octubre de 2018 adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno – MECI, de conformidad con el Decreto 1499 de 2017, modificatorio del Decreto 1083 de 2015 -Decreto Único Reglamentario de la Función Pública-, con el fin de incorporar la estructura definida en la dimensión No. 7, Control Interno, del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

 

Que el artículo 6 el Acuerdo 658 de 2016, expedido por el Concejo de Bogotá, D.C., por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., estableciendo en el que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 015 de 2018, se adoptó la versión actual, para los procedimientos PGTH-15, PGTH-16, PGTH-17 Y PGTH-19 entre otros, del Proceso de Gestión del Talento Humano.

 

Que, como resultado de la Auditoría Interna al SIG, vigencia 2020, el equipo auditor identificó que, en la base legal de los citados documentos del proceso Gestión del Talento Humano, de acuerdo con la normatividad vigente y los principios de eficacia, economía, celeridad de la función administrativa.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión para los siguientes procedimientos del Proceso Gestión del Talento Humano:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes velar por la divulgación y cumplimiento de los documentos adoptados.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los numerales 12, 13, 14 y 16 del Artículo Primero de la Resolución Reglamentaria No. 015 del 28 de febrero de 2018.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de octubre del año 2020.

 

MARÍA ANAYME BARÓN DURÁN

 

Contralora de Bogotá D. C. (E)