Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
RESOLUCIÓN 308 DE 2020
(Octubre 22)
Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución
No. 269 de 2020, mediante la cual se convoca a sectores de la sociedad civil,
de los colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá D.C.,
a asamblea virtual para que se designen los representantes a la Mesa de Trabajo
de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria consagrada en el
Decreto Distrital 149 de 2008 y se dictan otras disposiciones
EL DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL - IDPAC –
En uso de las
facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los
literales a) y b) del artículo 56 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, en armonía
con lo establecido en el Decreto Distrital 149 de 2008
CONSIDERANDO:
Que
el Concejo Distrital aprobó el Acuerdo 292 de 2007, “Por medio del cual se
establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación
comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la
misma y se dictan otras disposiciones”.
Que
el artículo 6° del mencionado Acuerdo Distrital, determinó la conformación de
una Mesa de Trabajo para la dirección de los procesos de formulación,
promoción, ejecución, seguimiento y evaluación de la política pública de
comunicación comunitaria.
Que
adicionalmente, el parágrafo del artículo 6° del mencionado Acuerdo Distrital,
facultó al Alcalde Mayor de Bogotá, para reglamentar el proceso de elección de
los representantes a la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de
Comunicación Comunitaria, aplicando criterios de inclusión y pluralismo,
permitiéndole ampliar la composición para darle representación a sectores
adicionales a los señalados anteriormente. Que mediante el Decreto Distrital
149 de 2008, se estableció la conformación de la Mesa de Trabajo de la Política
Pública Distrital de Comunicación Comunitaria, como una instancia de
participación ciudadana, que funcionará como órgano asesor de la Alcaldía
Mayor, D.C., en la formulación, promoción, ejecución, seguimiento y evaluación
de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria.
Que
el artículo 1º del Decreto Distrital 149 de 2008 establece la composición de la
Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria,
señalando como integrantes, en los numerales 7° al 14°, a los representantes de
los sectores de la sociedad civil, de los colectivos y redes comunitarias de
comunicación con sede en Bogotá.
Que
así mismo, conforme al mencionado Decreto Distrital, el Director o Directora
del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, IDPAC, o su
delegado (a) presidirá La Mesa de Trabajo y se encargará de efectuar la
convocatoria de acuerdo con las bases de datos de los diversos medios comunitarios,
tanto para la designación de sus representantes como para el funcionamiento de
la Mesa, una vez se realice la instalación.
Que,
el artículo 2 del citado Decreto señala el mecanismo de designación de los
representantes de los sectores de la sociedad civil y de los colectivos y redes
comunitarias de comunicación con sede en Bogotá D.C., indicando que por
intermedio del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, se
adelantará la convocatoria a todos los sectores de la sociedad civil, de los
colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá con el fin
de adelantar Asambleas y nombrar los representantes a la Mesa de Trabajo de la
Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria.
Que,
en el marco de la facultad que tiene el Instituto Distrital de la Participación
y Acción Comunal, para adelantar la convocatoria a todos los medios
comunitarios y sectores de la sociedad civil para que designen la participación
en la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación
Comunitaria, se expidió la Resolución No. 269 de septiembre de 2020, “Por medio
de la cual se convoca a sectores de la sociedad civil, de los colectivos y
redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá D.C., a asamblea virtual
para que se designen los representantes a la Mesa de Trabajo de la Política
Pública Distrital de Comunicación Comunitaria consagrada en el Decreto
distrital 149 de 2008 y se dictan otras disposiciones”, fijando el cronograma
electoral en su artículo séptimo.
Que
una vez en ejecución el cronograma electoral, se ha advertido la necesidad de
ampliar el término para surtir la etapa de subsanación, que incluye las
acciones de depuración del censo electoral, la verificación de información, el
reporte del resultado de la verificación y el recibo de respuestas por parte de
los Medios Comunitarios, conforme al procedimiento para depuración del censo
electoral y verificación de información, concertado entre el IDPAC y los
representantes de los medios comunitarios y socializado a la Veeduría
Distrital.
Que
en mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto Distrital de la
Participación y Acción Comunal,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo
séptimo de la Resolución No. 269 del 22 de septiembre de 2020, el cual quedará
así:
ARTÍCULO SÉPTIMO. Cronograma. Las
fechas en las que se realizará cada una de las etapas del proceso de elección
para la designación de los representantes de los sectores de la sociedad civil
y de los colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá
D.C. del periodo 2020 – 2021, será el siguiente:
ARTÍCULO SEGUNDO: Las demás
disposiciones de consagradas en la Resolución No. 269 del 22 de septiembre de
2020 continúan vigente
ARTÍCULO TERCERO. Vigencia. La presente
Resolución rige a partir de la fecha de publicación y deroga el artículo
séptimo de la Resolución No. 269 del 22 de septiembre de 2020.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a
los 22 días del mes de octubre del año 2020.
ALEXÁNDER REINA OTERO
Director General |