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Resolución 1765 de 2020 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
04/11/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/11/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6958 del 10 de noviembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1765 DE 2020

 

(Noviembre 04)


Adicionada por el art. 1 de la Resolución 1837 de 2020

 

Por la cual se modifican los anexos 1, 2 y 3 de la Resolución 1662 del 16 de octubre de 2020

 

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las conferidas por los Decretos 101 de 2004, 1075 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 715 de 2001 en su artículo 7, numerales 7.1 y 7.3, otorga competencias a los distritos para dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, pudiendo entre otros realizar traslados de docentes entre instituciones educativas, sin más requisito legal que la expedición de los respectivos actos administrativos debidamente motivados.

 

Que de conformidad con lo establecido en los artículos 22 de la Ley 715 de 2001 y 2.4.5.1.2. del Decreto 1075 de 2015, cada entidad territorial certificada en educación deberá implementar el proceso para tramitar los traslados que tengan origen en solicitud de los docentes o directivos docentes.

 

Que el parágrafo 2 del artículo 2.4.5.1.2 del Decreto 1075 de 2015 establece: “Los traslados entre departamentos, distritos o municipios certificados, solicitados por docentes o directivos docentes, se tramitarán por el proceso dispuesto en este artículo y requieren adicionalmente convenio interadministrativo entre las entidades territoriales remisora y receptora, en el cual se convendrán entre otros aspectos las fechas de efectividad del traslado y de producción de efectos y responsabilidades fiscales”.

 

Que mediante Resolución 1662 del 16 de octubre de 2020, la Secretaría de Educación del Distrito convocó al proceso ordinario de traslados de personal docente y directivo docente de la Secretaría de Educación del Distrito para el año 2021.

 

Que de conformidad con el cronograma establecido en el Artículo Primero de la Resolución 019279 del 9 de octubre de 2020, proferida por el Ministerio de Educación Nacional, se hace necesario modificar la Resolución 1662 del 16 de octubre de 2020, respecto a la actualización de las vacantes existentes con corte al 30 de octubre de 2020.

 

Que el Director de Talento Humano mediante certificación expedida el 3 de noviembre de 2020, señala que se encuentran disponibles para ofertar en el Proceso Ordinario de Traslados 2020 – 2021, con corte a 30 de octubre de 2020, dos mil trescientos cuarenta y uno (2341) vacantes definitivas distribuidas así: mil ochocientas once (1811) de Aula Regular, trescientos ochenta y uno (381) de Orientación y ciento cuarenta y nueve(149) de Directivos Docentes, las cuales se relacionan en el artículo primero del presente acto administrativo.

 

En consecuencia.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1.-  Modificar los anexos 1 (vacantes definitivas –aula regular), 2 (vacantes definitivas – orientación) y 3 (vacantes definitivas – directivos docentes) de la Resolución 1662 del 16 de octubre de 2020, los cuales quedarán así: Ver Anexo.


Adicionado por el art. 1 de la Resolución 1837 de 2020 <El texto adicionado es el siguiente> 


ANEXO 1.  VACANTES DEFINITIVAS - AULA REGULAR

 

No.

Área

Id

Localidad

DANE

Colegio

Jornada

Nivel

Jornadas IED

# Vacante

Sede

Perfil

REGISTRO 1235

EDUCACIÓN

FÍSICA,

RECREACIÓN Y DEPORTES

4

San Cristóbal

11100130060

COLEGIO

MANUELITA

SAENZ (IED)

Tarde

Básica

Secundaria y Media

M-T

338046

A

Asignación académica parcial en DANZAS

REGISTRO 1469

LENGUA CASTELLANA

4

San Cristóbal

11100130060

COLEGIO

MANUELITA

SAENZ (IED)

Mañana

Básica

Secundaria y Media

M-T

338045

A

Perfil requerido:

HUMANIDADES,

POSGRADO EN

  

ARTÍCULO 2.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de noviembre del año 2020.

 

EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ

 

Secretaria de Educación del Distrito