| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
CIRCULAR 024 DE 2020
(Noviembre 06)
PARA: DIRECTIVOS(AS) DOCENTES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS
DE: SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
FECHA: 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
ASUNTO: ORIENTACIONES ADICIONALES A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS SOBRE LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ASOCIADAS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO EN EL MARCO DEL PLAN DE REAPERTURA GRADUAL, PROGRESIVA Y SEGURA DEL SISTEMA EDUCATIVO DE BOGOTÁ D.C.
Respetados Directivos(as) Docentes, reciban un cordial saludo.
Con ocasión del periodo transitorio de “Nueva Realidad” que se vive en la ciudad, dada la emergencia sanitaria nacional por la propagación del COVID-19, y de acuerdo con las disposiciones de la Alcaldía Mayor, adoptadas a través del Decreto Distrital 216[1] del 30 de septiembre de 2020, en el cual se establecen las actividades del sistema educativo permitidas en la presencialidad; la Secretaría de Educación del Distrito (SED) presenta algunas orientaciones adicionales para la realización de actividades presenciales asociadas a la prestación del servicio educativo en el marco del Plan de Reapertura Gradual, Progresiva y Segura (RGPS) del Distrito Capital, para Instituciones Educativas Privadas de la ciudad.
1. Sobre la realización, de forma presencial, de ceremonias de grado y otros eventos de final del año 2020
Como es de su conocimiento, la SED estableció el proceso para que las instituciones educativas privadas que decidan voluntariamente continuar prestando el servicio educativo desde la presencialidad e iniciar su proceso de R-GPS, realicen el registro y solicitud de validación de sus protocolos de bioseguridad por la Secretaría Distrital de Salud (SDS) de acuerdo con la normatividad distrital y nacional[2].
Para el registro, las Instituciones Educativas Privadas deben ingresar a través del siguiente enlace https:// reaperturagradual.educacionbogota.edu.co/, en el cual pueden consultar los requisitos y el paso a paso del proceso[3].
Así las cosas, y bajo la premisa fundamental de la protección de la salud y la vida de los miembros de la comunidad educativa, las Instituciones Educativas Privadas que planean realizar de manera presencial actividades asociadas a la prestación del servicio educativo, como ceremonias de grado y otros eventos de fin de año, deben haberse registrado en el sitio web de R-GPS de la SED y contar con la aprobación de sus protocolos de bioseguridad por parte de la SDS.
Para el desarrollo de cualquier actividad escolar, incluyendo ceremonias de grado, las Instituciones Educativas Privadas deben contar el registro en el sitio web de R-GPS de la SED y la aprobación de los protocolos de bioseguridad por parte de la SDS.
En estas actividades, igualmente es importante atender y dar cumplimiento a las disposiciones vigentes, en especial, (i) la Resolución 1462[4] del 25 de agosto de 2020 proferida por el Ministerio de Salud y Protección Social, en la cual se prohíben los eventos públicos y privados que impliquen la concurrencia de más de 50 personas y (ii) la Resolución 1721[5] del 24 de septiembre de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, que en el numeral 3.4 de su Anexo consagra “Otras medidas de bioseguridad en instituciones educativas, instituciones de educación superior e instituciones de educación para el trabajo y desarrollo humano”, y en el sub-numeral 3.4.12, señala que las instituciones educativas deben: “abstenerse de realizar reuniones colectivas presenciales con las familias y cuidadores; en su lugar, llevarlas a cabo de manera remota o presencial individual”.
Lo anterior, teniendo en cuenta que, en el marco de la Nueva Realidad de la ciudad, es necesario continuar siendo muy estrictos en el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, priorizando la salud y la vida de los miembros de la comunidad educativa.
2. En relación con la autorización para llevar a cabo actividades administrativas presenciales en las Instituciones Educativas Privadas no registradas en la plataforma de R-GPS de la SED
La SED, en primer lugar, sugiere a las Instituciones Educativas Privadas implementar las estrategias que sean necesarias para que los trámites administrativos, como proceso de matrículas y/o entrevistas, solicitud de certificados, entre otros; se lleven a cabo de forma virtual.
De manera adicional, de conformidad con el marco establecido en el Decreto Distrital 216 de 2020, la SED se permite indicar que, las Instituciones Educativas Privadas que hayan decidido no iniciar su proceso de R-GPS durante el segundo semestre de 2020, podrán realizar actividades administrativas presenciales, en casos excepcionales y cuando sea estrictamente necesario. Para lo cual, las Instituciones Educativas Privadas deberán adoptar las medidas de bioseguridad establecidas en la Resolución 666 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, aplicable a los empleadores y trabajadores del sector público y privado, contratistas, entre otros, y aquellas normas distritales que resulten aplicables para garantizar la preservación del orden público, dar continuidad a la reactivación económica y social, y mitigar el impacto causado por la pandemia.
De esta manera, la SED presenta las siguientes orientaciones con el fin de que sean adoptadas por las Instituciones Educativas Privadas, que decidan realizar procesos administrativos presenciales cuando sea estrictamente necesario y que impliquen atención al público:
- Contar con puestos de control en la entrada de las Instituciones Educativas, previa demarcación, con el fin de evitar aglomeraciones.
- Realizar registro de control de ingreso con planilla.
- Realizar toma y registro de temperatura.
- Informar sobre recomendaciones generales.
- No permitir el ingreso de personas sin tapabocas. El uso de tapabocas dentro de las instalaciones educativas es de carácter obligatorio y permanente.
- En el ingreso a las Instituciones Educativas se debe incluir la limpieza y desinfección de calzado, para lo cual se recomienda contar con pediluvios con una solución de cloro, amonio cuaternario o cloruro de benzalconio.
- Mantener una distancia mínima de 2 metros entre los usuarios, evitando tener contacto físico directo.
- Atención presencial exclusivamente con agendamiento.
- Evitar aglomeraciones.
- Los asientos de la sala de espera estarán marcados para permitir el distanciamiento social.
- En caso de tener que firmar documentos de recibido o entrega, los ciudadanos deben utilizar su propio lapicero, así mismo, con cualquier implemento de oficina, ya que no es conveniente compartirlo ni prestarlo.
- Se recomienda que para el ingreso las personas tengan la documentación o formatos listos, firmados, foliados y con los adjuntos requeridos, lo cual debe ser informado en el agendamiento de la cita.
- Sólo se atenderá una persona y no se permitirá el ingreso de acompañantes salvo en condiciones especiales.
- En caso de requerirlo, al solicitar a los usuarios los documentos de identidad, el colaborador debe limpiarlos para continuar con el proceso.
Finalmente, la SED hace un llamado a las Instituciones Educativas Privadas para que se dé cumplimiento a la normatividad distrital y nacional para el sector educativo y su retorno a la presencialidad en el marco de la nueva realidad de la ciudad, la cual prioriza la salud y la vida de los miembros de la comunidad educativa.
Cordial saludo,
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de noviembre del año 2020. EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
NOTAS DE PIE DE PÁGINA:
[1] “Por medio del cual se da continuidad a las medidas previstas en el Decreto 207 de 2020 “Por medio del cual se imparten las instrucciones necesarias para preservar el orden público, dar continuidad a la reactivación económica y social de Bogotá D.C. y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19) en el período transitorio de nueva realidad y se dictan otras disposiciones.”
[2] “Para el caso de los jardines infantiles deben registrase en la plataforma dispuesta la Secretaría Distrital de Integración Social con el código SIRSS.”
[3] “Tratándose de jardines infantiles privados registrados ante la Secretaría Distrital de Integración Social, éstos deben registrase en las plataformas dispuesta por la SDIS, con el código SIRSS, dispuestos en la Página Web https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/4095
[4] “Por el cual se prorroga la emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus que causa la COVID – 19, se modifican las Resoluciones 385 y 844 de 2020 y se dictan otras disposiciones” [5] “Por medio del cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y riesgo del coronavirus COVID-19 en instituciones educativas, instituciones de educación superior y las instituciones de educación para el trabajo y desarrollo humano”
|