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DECRETO LOCAL 018 DE 2020
(Noviembre 26)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2020
LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presupuestales:
“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:
1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.
Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).
Que revisada la Ejecución Presupuestal de la vigencia 2020 con corte al 31 de agosto, se encuentra que los siguientes rubros presupuestales cuentan con saldos disponibles: “3.3.6.15.01.03.1475 Envejecimiento digno, activo y feliz” por valor de $58.533.049, “3.3.6.15.01.07.1479 Dotaciones pedagógicas para el aprendizaje y la felicidad” por la suma de $39, “3.3.6.15.02.18.1490 Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía” por valor de $10.120.000, “3.3.6.15.07.45.1501 Buen gobierno para estimular la participación social” por la suma de $10.272.096, “3.3.6.15.07.45.1529 Empoderamiento Social con Corresponsabilidad” por valor de $1.800.000 y el “3.3.6.90 Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores” por la suma de $1.456.339.004, por un valor total $1.537.064.188, el Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuenta con estos recursos disponibles por un valor total de $1.537.064.188, por tal razón es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar las metas programadas, donde los contracréditos ascienden a un valor total de Un Mil Quinientos Treinta y Siete Millones Sesenta y Cuatro Mil Ciento Ochenta y Ocho Pesos ($1.537.064.188) M/cte.
Que la Administración Local requiere aumentar la apropiación presupuestal de los proyectos “3.3.1.15.02.18.1490 Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía”, para realizar lo siguiente: i). Adición y prorroga de Contrato de Suministro de asfalto No. 322 de 2019 por valor de $247.600.000. ii). Para la celebración de la contratación del Suministro de gasolina por la suma de $98.000.000 y el Mantenimiento de Vehículos por valor de $160.250.000, y iii) Para la adición y prorroga de diecisiete (17) contratos de prestación de servicios (CPS) por valor de $138.878.199, para un total de este proyecto de $644.728.199, y el “3.3.1.15.07.45.1501 Buen gobierno para estimular la participación social” para realizar adición y prórroga a noventa y cuatro (94) contratos de prestación de servicios (CPS) del componente de “Fortalecimiento Institucional” por un valor de $695.800.000 y la adición y prórroga de veinticuatro (24) contratos de prestación de servicios (CPS) al componente “Inspección, Vigilancia y Control – IVC” por la suma de $196.535.989, para un total de $892.335.989, siendo el total de estos dos (2) proyectos por $1.537.064.188, es así como se acreditará o adicionará estos rubros por la suma Un Mil Quinientos Treinta y Siete Millones Sesenta y Cuatro Mil Ciento Ochenta y Ocho Pesos ($1.537.064.188) M/cte.
Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución del anterior proyecto, requiere la suma de Un Mil Quinientos Treinta y Siete Millones Sesenta y Cuatro Mil Ciento Ochenta y Ocho Pesos ($1.537.064.188) M/cte.
Que el Fondo de Desarrollo de Engativá, en gastos de inversión directa, en los proyectos “3.3.6.15.01.03.1475 Envejecimiento digno, activo y feliz”, “3.3.6.15.01.07.1479 Dotaciones pedagógicas para el aprendizaje y la felicidad”, “3.3.6.15.02.18.1490 Movilidad y espacios públicos para el disfrute de la ciudadanía”, “3.3.6.15.07.45.1501 Buen gobierno para estimular la participación social”, “3.3.6.15.07.45.1529 Empoderamiento Social con Corresponsabilidad” y el “3.3.6.90 Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores”, por un valor total $1.537.064.188 presenta saldos de apropiación libre de afectación, el cual puede trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.
Que para tal fin, se solicitó concepto favorable a la Secretaría Distrital de Planeación con Oficio No. 20206020555521 del 21 de septiembre de 2020, para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2020.
Que se solicitó concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 20206020693691 del 12 de noviembre de 2020 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2020.
Que mediante Oficio No. 2-2020-45117 del 28 de septiembre de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el Plan de Desarrollo Local. Q
ue mediante Oficio No. 2020EE192360O1 del 25 de noviembre de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020, por valor de Un Mil Quinientos Treinta y Siete Millones Sesenta y Cuatro Mil Ciento Ochenta y Ocho Pesos ($1.537.064.188) M/cte.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. – Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2º. – Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 3º.– Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su cargo.
ARTÍCULO 4º.– Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de noviembre dedel año 2020.
ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES
Alcaldesa Local de Engativá |