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RESOLUCIÓN 260 DE 1994 (noviembre 30) por la cual se establece el procedimiento para la verificación del estado de cuenta por concepto de multas por circulación y tránsito. La Directora Ejecutiva del Fondo de Educación y Seguridad y Vial "FONDATT", en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Acuerdo 9 de 1989 y los Decretos 304 de 1989, 266 y 267 de 1991 y CONSIDERANDO:
RESUELVE: Artículo 1º.- Para verificar el estado de cuenta por concepto de multas por circulación y tránsito, el funcionario que esté expresamente autorizado por el Secretario de Tránsito y Transporte, consultará la información registrada en el sistema y si no se adeuda suma alguna, colocará un sello de "sin pendientes", su nombre, número de carnet y fecha, en el documento de trámite que le presente el interesado. Este procedimiento, reemplazará el certificado de paz y salvo, no tendrá costo alguno para el usuario y será válido por tres (3) días hábiles. Para demostrar que se está a paz y salvo por concepto de impuestos, se anexará al respectivo documento de trámite fotocopia del recibo de pago por el mencionado concepto. Artículo 2º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 3 de noviembre de 1994. La Directora Ejecutiva, MARÍA PIEDAD MOSQUERA DE AFANADOR. El Secretario del FONDATT, FERNANDO REY VALDERRAMA. NOTA: Ver Resoluciones 2145 de 1989; Resolución 350 de 1998; Resolución 92 de 1999 Secretaría de Tránsito y Transporte. NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 926 de diciembre 30 de 1994. |