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Resolución 250 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
29/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/01/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7013 del 06 de enero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 250 DE 2020

 

(Diciembre 29)

 

Por la cual se delegan las funciones de defensor de la ciudadanía en la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá

 

SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 1, 11 y 13 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Distrital 847 de 2019, el Alcalde Mayor en virtud de las funciones contenidas en el numeral 3 del artículo 38 y el artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece y unifica lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, actualizando algunas definiciones relacionadas con el servicio a la ciudadanía y fortaleciendo la figura del Defensor de la Ciudadanía en las entidades y organismos del Distrito Capital.

 

Que el artículo 13 de la precitada norma dispone que en todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal. Se entenderá servidor público del más alto nivel aquel que ocupe un cargo directivo o asesor:

 

“Artículo 13. Defensor de la Ciudadanía: En todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal.

 

Parágrafo 1. Se entenderá servidor público del más alto nivel aquel que ocupe un cargo directivo o asesor.

 

Parágrafo 2. Las entidades y organismos del Distrito que registren un volumen significativo de requerimientos, que implique la intervención del Defensor, podrán conformar mediante acto interno del jefe del organismo, un Grupo Interno de Trabajo que lidere la estrategia del Defensor de la Ciudadanía, el cual deberá estar adscrito a una de las dependencias del segundo nivel jerárquico de la organización, coordinado por el funcionario de nivel directivo de dicha dependencia.

 

Parágrafo 3. El representante legal definirá los lineamientos al interior de cada entidad y organismo del Distrito, con el fin de garantizar la implementación de la figura de Defensor de la Ciudadanía en materia presupuestal, técnica, de talento humano, entre otras. Adicionalmente, hará seguimiento a través del consejo directivo o la instancia que considere pertinente para la verificación de las obligaciones asignadas”.

 

Que el artículo 15 del Decreto Distrital 323 de 2016, estableció como una de las funciones de la Dirección de Gestión Corporativa, la de orientar y coordinar la atención y trámite de los requerimientos, peticiones, quejas y solicitudes de los ciudadanos de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos establecidos, así como efectuar el seguimiento al trámite. Contribuyendo con la optimización de la gestión administrativa de la Entidad.

 

Que por lo anteriormente expuesto, se delega la función de Defensor de la Ciudadanía de la Secretaria Jurídica Distrital en el (la) Director (a) de Gestión Corporativa de la entidad, teniendo en cuenta que reúne las calidades exigidas por el Decreto Distrital 847 de 2019 y la naturaleza de sus funciones están en estrecha relación con las asignadas al Defensor de la Ciudadanía.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. - Delegar las funciones de Defensor de la Ciudadanía en el (la) Director (a) de Gestión Corporativa de la Secretaria Jurídica Distrital.

 

ARTÍCULO 2°. - Las funciones del Defensor de la Ciudadanía de la Secretaría Jurídica Distrital serán las establecidas en el artículo 14 del Decreto Distrital 847 de 2019.

 

ARTÍCULO 3°. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2020.

 

WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE

 

Secretario Jurídico Distrital