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Resolución 196 de 2020 Veeduría Distrital

Fecha de Expedición:
01/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/01/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7029 del 22 de enero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 196 DE 2020

 

(Diciembre 01)

 

Por medio de la cual se actualiza el Manual de Políticas Contables de Operación de la Veeduría Distrital

 

EL VEEDOR DISTRITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993 y el literal h del artículo 4 del Acuerdo 24 de 1993,

 

CONSIDERANDO:

 

Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política, determinan la obligatoriedad de las entidades y organismos del sector público para diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno, y para ello, el literal b) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993, ordena definir políticas como guías de acción para la ejecución de los procesos.

 

Que la referida ley establece en el literal e) del artículo 2, que se debe asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros, y en el literal a) del artículo 3, prescribe que el sistema Control Interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación, de información y operacionales de la respectiva entidad; y para lograr éstos objetivos, el literal d) del artículo 3 de la misma ley dispone que las transacciones deben registrarse en forma exacta, veraz y oportuna de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros.

 

Que dadas las funciones constitucionales y legales asignadas al Contador General y a la Contaduría General de la Nación-CGN, se definió un marco normativo para las Entidades de Gobierno a través de la Resolución No. 533 del 8 de octubre de 2015 y sus modificatorias, el cual se incorporó como parte integrante del Régimen de Contabilidad Pública conformado por: el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública.

 

Que el numeral 2.1.1 del Procedimiento para la Evaluación del Control Interno Contable, incorporado mediante la Resolución 193 de 2016 expedida por la Contaduría General de la Nación, señala que en el desarrollo del proceso contable, las entidades requieren de la “identificación del marco normativo que la rige, el cual delimita la regulación que es aplicable a cada una de sus etapas. A partir de dicho marco normativo, la entidad establece las políticas contables que direccionarán el proceso contable para la preparación y presentación de los estados financieros… Las políticas contables se formalizarán mediante documento emitido por el representante legal o la máxima instancia administrativa de la entidad”.

 

Que el numeral 2.1.2 ibídem, señala que las políticas de operación “facilitan la ejecución del proceso contable y deberán ser definidas por cada entidad para asegurar: el flujo de información hacia el área contable, la incorporación de todos los hechos económicos realizados por la entidad, y la presentación oportuna de los estados financieros a los diferentes usuarios”.

 

Que así mismo el numeral 3.2.4 del mismo procedimiento, indica que la entidad debe contar con un manual de políticas contables, acorde con el marco normativo que le sea aplicable, en procura de lograr una información financiera con las características fundamentales de relevancia y representación fiel establecidas en el Régimen de Contabilidad Pública. Las políticas contables son los principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adoptados por la entidad para la elaboración y presentación de los estados financieros.

 

Que mediante Resolución No. DDC-000001 del 30 de septiembre de 2019 la Contadora General de Bogotá D. C., adoptó el Manual de Procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los bienes en las Entidades de Gobierno Distritales.

 

Que la Contaduría General de la Nación por su parte, ha realizado algunas modificaciones a las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos y, el Catálogo General de Cuentas, adicionalmente ha compilado conceptos de obligatorio cumplimiento; todo lo anterior publicado también en su página Web. Estas nuevas directrices, deben quedar reflejadas en las Políticas Contables de Operación de la Veeduría Distrital.

 

Que mediante Resolución No. 336 del 27 de diciembre de 2018 la Veeduría Distrital adoptó el Manual de Políticas Contables de Operación de la entidad, contenido en el documento “Políticas Contables de Operación de la Veeduría Distrital” identificado bajo el código GF-MAN-01.

 

Que teniendo en cuenta la normatividad en cita, se llevó a cabo un proceso de actualización de las políticas en cita, propuestas que fueron puestas a consideración del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable y demás funcionarios y colaboradores de la Veeduría Distrital, que participaron en las sesiones de presentación preliminar del 1° al 21 de octubre de 2020.

 

Que en cumplimiento del artículo 2° numeral 8° de la Resolución N°002 del 08 de enero de 2019, le corresponde al Comité Técnico de Sostenibilidad Contable “Recomendar las actualizaciones de manuales y procedimientos para su ajuste de acuerdo a las políticas contables definidas, atendiendo el Sistema de Gestión de Calidad”, por lo que en sesión del 21 de octubre de 2020 el Comité aprueba recomendar al Veedor Distrital la actualización de las Políticas Contables de Operación de la Entidad, según consta en acta.

 

Que en mérito de lo expuesto.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Actualizar el Manual de “Políticas Contables de Operación de la Veeduría Distrital”, identificado con el código GF-MAN-01 versión 002 contenido en el documento anexo y el cual hace parte integral de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Lo dispuesto en el documento “Políticas Contables de Operación de la Veeduría Distrital” adoptado por la presente resolución es de obligatorio cumplimiento y deberá ser incorporado y aplicado en el quehacer misional y administrativo de todos los centros de gestión de la VEEDURÍA DISTRITAL, donde se originen o realicen hechos, operaciones o transacciones, así como por todos los servidores responsables de los procesos o información contable.

 

ARTÍCULO TERCERO: VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 336 de 2018 “Por el cual se Adopta el Manual de Políticas de Operación de la Veeduría Distrital”.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., al 1 día del mes de diciembre del año 2020.

 

GUILLERMO RIVERA FLÓREZ

 

Veedor Distrital


Nota: Ver Anexo.