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Exposición de Motivos 181 de 1995 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
29/07/1994
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/07/1994
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Ver la Ley 181 de 1995

En estrecha colaboración con el Ministerio de Educación Nacional y Coldeportes, el Gobierno Nacional ha querido colmar una vieja aspiración del pueblo colombiano, en particular de la juventud y los estamentos deportivos, referida a una mejor estructuración del deporte nacional y la dotación de recursos económicos suficientes para su desarrollo racional en términos de masificación y participación comunitaria.

Fue constante preocupación de este Gobierno la concepción política y filosófica que la nueva Constitución diera al deporte la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre al punto que dentro de la concepción del Estado Social de Derecho nuestra Carta reconoció el derecho de todas las personas a tales actividades y en desarrollo de ello las normas de presupuesto nacional las han incluido dentro del gasto público social, es decir, es una inversión social en los términos del artículo 350 de la Constitución Política.

La urgente necesidad de crear el espacio vital mínimo de los individuos para lograr un mejor nivel de vida y respeto a la dignidad humana cuando los asociados no pueden hacerlo por sí mismos, es hoy un mandato constitucional que el Estado está dispuesto a atender. Por ello, el presente Gobierno no puede concluir su tarea sin presentar al Congreso Nacional la Ley del Deporte en desarrollo de las nuevas concepciones constitucionales.

A tal propósito, el proyecto que se presenta a la consideración de los señores Parlamentarios ordena el manejo del deporte para lo cual crea el Sistema Nacional del Deporte cuyo mecanismo da coherencia a las actividades que se desarrollan en dicho campo, separa las funciones referidas al sector público especializándolo en el deporte formativo y comunitario de las funciones del sector privado que conoce del deporte competitivo y de alto rendimiento pero armonizados de tal manera que se complementan para trabajar unidos en la masificación del deporte y la recreación. Crea el Consejo Superior del Deporte como organismo consultor de las políticas del Estado en este campo y en el que tienen asiento la comunidad y la empresa privada.

Así mismo, dispone la creación de una corporación mixta para el manejo de los recursos de los sectores que componen el sistema.

Igualmente, se rescata el papel de las entidades territoriales departamentales y municipales a afecto de comprometerlas protagónicamente en las políticas de masificación del deporte formativo y comunitario.

Finalmente, el proyecto de ley cuya urgente aprobación se requiere, dota del recurso financiero suficiente en términos de asignación presupuestal y como gasto público social para el deporte que en ningún caso, podrá disminuirse según lo prevé la propia Constitución Política.

Este nuevo recurso, pretende definitivamente las ya desgastadas fuentes con que contaba el deporte que no por ello se abandonan, sino mejor, se revitalizan y adecuan para mejorar su recaudo La falta de una mejor estructura de deporte y de un nuevo recurso financiero más eficiente vienen haciendo evidente la crisis del sector. Evitarla es nuestro compromiso histórico e improrrogable.

El proyecto propuesto permitirá la planificación para el mediano y largo plazo, por cuanto los nuevos recursos garantizan el cumplimiento de planes consistentes en este campo que nos pongan en igualdad de condiciones con otros países de vanguardia deportiva en América y el Mundo. Es injusto exigir resultados sin aportar. La empresa privada, los deportistas y sus familiares han soportado hasta hoy esa responsabilidad del Estado.

Colombia tendrá una mejor posición en el concierto internacional si cuenta con la estructura y respaldo financiero que el proyecto propone para garantizar la planeación y el trabajo de base que a través de la masificación nos permitirá descubrir talentos y atender al élite del deporte con los medios científicos adecuados para mejores resultados.

Emprender la tarea de la masificación del deporte y del aprovechamiento del tiempo libre en todos los niveles de la población construirá la paz de los espíritus y por ende la paz de las regiones.

La Ministra de Educación Nacional

Maruja Pachón de Villamizar.

SENADO DE LA REPUBLICA

SECRETARIA GENERAL – TRAMITACIÓN DE LEYES

Santafé de Bogotá, D.C., julio 29 de 1994.

Señor Presidente:

Con el fin de que se proceda a repartir el Proyecto de ley número 15 de 1994, "por el cual se organiza el Sistema Nacional del Deporte, se dictan disposiciones para su masificación y para el fomento de la educación física, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre", me permito pasar a su Despacho el expediente de la mencionada iniciativa que fue presentada en el día de hoy ante Secretaría General. La materia de que trata el mencionado proyecto de ley es de competencia de la Comisión Séptima Constitucional Permanente.

El Secretario General del honorable Senado de la República.

Pedro Pumarejo Vega

PRESIDENCIA DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

Julio 29 de 1994

De conformidad con el informe de la Secretaría General, dése por repartido el proyecto de ley de la referencia a la Comisión Séptima Constitucional Permanente, para lo cual se harán las anotaciones de rigor y se enviará copia del mismo a la Imprenta Nacional con el fin de que sea publicado en la Gaceta Legislativa del Congreso.

Cúmplase.

El Presidente del honorable Senado de la República.

Juan Guillermo Angel Mejía.

El Secretario General del honorable Senado de la República.

Pedro Pumarejo Vega.