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Resolución SDH-000083 de 2021 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
08/02/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/02/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7047 del 10 de febrero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN SDH-000083 DE 2021

 

(Febrero 08)

 

Por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones adelantadas por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá

 

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere los literales j), o), u) del artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1° del Decreto Distrital 364 de 2015, el artículo 14 del Acuerdo Distrital 756 de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que BogData es el programa de uso estratégico de tecnología orientado a hacer más eficiente, transparente y eficaz la gestión hacendaria del Distrito Capital. Este sistema tiene la tecnología necesaria para asegurar, entre otros, la gestión de los procesos administrativos tributarios adelantados al interior de la Dirección de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que el 5 de octubre de 2020 entró en operación la nueva plataforma BogData, tanto para los procesos hacendarios de las entidades del Distrito, como para los contribuyentes de la ciudad y demás interesados.

 

Que se han presentado algunas situaciones que dificultan la expedición de los actos administrativos, por lo que se requiere implementar acciones que permitan el normal funcionamiento de los procesos al interior de la Dirección de Impuestos de Bogotá y a su vez, la oportuna y correcta expedición de los actos administrativos. Estas dificultades fueron informadas por la Subdirección de Planeación e Inteligencia Tributaria el 4 de febrero de 2020.

 

Que el artículo 14 del Acuerdo Distrital 756 de 2019 establece que “La Administración Tributaria Distrital mediante resolución motivada podrá disponer la suspensión de términos en los procesos administrativos en curso, cuando las circunstancias lo exijan, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes”.

 

Que el artículo 4º del Decreto Distrital 601 de 2014 determina como una de las funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Hacienda “Establecer las políticas generales de la Secretaría Distrital de Hacienda, velar por el adecuado y oportuno cumplimiento de sus funciones, organizar el funcionamiento de la entidad, y proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos.”

 

Que el proyecto de resolución se publicó en la página de internet de la Secretaría Distrital de Hacienda, el día 5 de febrero de 2021, sin que se recibieran comentarios o sugerencias por parte de la ciudadanía. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 8º de la Ley 1437 de 2011.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS EN LAS ACTUACIONES ADELANTADAS POR LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ. Suspender desde el 8 de febrero de 2021 y hasta el 8 de abril del mismo año, inclusive, los términos legales previstos dentro de los procesos administrativos llevados a cabo en ejercicio de las funciones legalmente atribuidas a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, entendidas éstas como las funciones desarrolladas en los procesos de: gestión, fiscalización, determinación, discusión y devolución. Durante estas fechas no correrán los términos legales para todos los efectos de ley.

 

ARTÍCULO 2º. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de febrero del año 2021.

 

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

 

Secretario Distrital de Hacienda