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RESOLUCIÓN 159 DE 2021
(Enero 27)
Por la cual se prorroga la suspensión de los términos de las actuaciones administrativas en materia de la gestión de adquisición predial del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, de que trata la Resolución 008268 de 2020
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU en uso de sus atribuciones legales, en especial las contempladas en los Acuerdos 001 y 002 de 2009 y 002 de 2017 del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que conforme con el artículo 29 de la Constitución Política, es un deber de las autoridades salvaguardar el debido proceso y el derecho de defensa y contradicción de los ciudadanos.
Que la emergencia sanitaria por causa de la presencia del virus COVID -19 constituye un hecho de fuerza mayor, exterior, irresistible e imprevisible, por lo cual es deber de la entidad pública adoptar las medidas transitorias que garanticen la seguridad de la salud de los servidores, la protección de los usuarios, así como el respeto por la seguridad jurídica y al debido proceso de los usuarios e interesados en las actuaciones del Instituto, para lo cual se deben adecuar las condiciones de prestación del servicio frente a la inminencia de la situación y su posible interrupción. Que mediante la Resolución Número 008268 de 2020, se dispuso la suspensión de los términos de las actuaciones administrativas en materia de la gestión de adquisición predial del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU- por motivos de salubridad pública, ante la prórroga del aislamiento selectivo nacional y la emergencia sanitaria.
Que de conformidad con el artículo 4º de la resolución citada en el párrafo anterior y, teniendo en cuenta que la situación que motivó ese acto administrativo aún persiste, se hace necesario prorrogar el tiempo de suspensión de los términos de las actuaciones allí señaladas.
Que en estos términos este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. PRORROGAR LA SUSPENSIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE GESTIÓN DE ADQUISICIÓN PREDIAL. Se prorroga la suspensión de los términos procesales de todas las actuaciones administrativas que se adelantan con el fin de realizar la gestión de adquisición predial para proyectos de infraestructura y espacio público a cargo de la Dirección Técnica de Predios, del 31 de enero al 15 de febrero de 2021. ARTÍCULO 2º. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO DE MANERA PRESENCIAL EN LA SEDE DE LA CALLE 17. Se suspende la atención ciudadana en la sede de la Dirección Técnica de Predios del Instituto de la Calle 17 No. 7 - 01, del 31 de enero de 2021 al 15 de febrero de 2021; sin que ello afecte la continuidad de dicha atención por todos los canales no presenciales existentes en dicha dependencia hasta la fecha.
ARTÍCULO 3º. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES Y TAREAS POR LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE PREDIOS - DTDP. Se adoptarán las medidas necesarias por parte de la DTDP para coordinar con su equipo de trabajo y de apoyo a la gestión, las actividades que conforme a su complejidad y necesidades del servicio cumplirá cada uno de los funcionarios y contratistas, y realizará el seguimiento a su cumplimiento.
ARTÍCULO 4º. CONTINUIDAD DE LAS MEDIDAS EN LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE PREDIOS - DTDP. Al término del plazo establecido en este acto administrativo, se expedirá de ser necesario, las correspondientes decisiones sobre la continuidad de las medidas.
ARTÍCULO 5º. VIGENCIA Y PUBLICIDAD. La presente resolución rige a partir de su publicación en la página web de la entidad y deroga todas las que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de enero del año 2021.
DIEGO SÁNCHEZ FONSECA
Director General |